Decreto de Vivienda de Baleares: Los edificios catalogados también podrán ganar alturas y dividir sus viviendas

El Govern incluye los inmuebles declarados BIC en su nuevo decreto ley y les permite sumar nuevas plantas, fragmentar sus edificaciones y cambiar el uso sus espacios comerciales, con un informe favorable de la comisión de Patrimonio del Consell de Mallorca

Vista de Dalt Murada y del barrio de sa Calatrava, en Palma

Vista de Dalt Murada y del barrio de sa Calatrava, en Palma / Miquel Massutí

Miguel Vicens

Miguel Vicens

Los edificios catalogados de Baleares, desde aquellos que cuentan con el grado de protección patrimonial menor hasta los bienes de interés cultural, podrán ganar alturas, dividir su espacio habitable para lograr más superficie para nuevas viviendas o destinar, si las tuvieran, sus zonas comerciales a viviendas con un cambio de uso, según se desprende del decreto ley de medidas urgentes que el Govern de Marga Prohens presentó el lunes y ayer publicó el BOIB, con el objetivo de poner más vivienda a precio limitado en el mercado

La única condición para poder ejecutar estas transformaciones en bienes protegidos durante los próximos dos años, totalmente vetadas con la antigua legislación, es contar con un informe favorable de la autoridad competente en materia de Patrimonio, señala el decreto ley, competencia que en Mallorca corresponde a la comisión de Patrimonio del Consell, institución gobernada por PP y Vox.

La inclusión de los inmuebles declarados Bien de Interés Cultural y otros edificios protegidos de Baleares entre los edificios afectados por el decreto ley no fue mencionada durante la presentación del nuevo texto, pero aparece con destacada reiteración en el redactado del decreto ley.

El 50% más de la altura media de la calle

De esta forma, un edificio catalogado ubicado en suelo urbano y con uso residencial plurifamiliar podría ganar en altura el 50% de la altura media de la calle o la manzana. De este forma, si se tratara de un edificio de cinco plantas podría convertirse en un inmueble de ocho plantas. El plazo para pedir las licencias es de dos años. Y el de ejecución, de tres años desde los inicios de los trabajos, aunque el decreto ley del Govern nada dice de cómo tendría que ampliarse la fachada histórica de un edificio catalogado con un fragmento de nuevo cuño añadido. Sí señala que las nuevas viviendas resultantes de la ampliación en altura se destinarán íntegramente a viviendas de precio limitado. Y que estas nuevas unidades resultantes quedarán exoneradas de la obligación de reserva de aparcamiento

Los inmuebles protegidos, incluso aquellos declarados Bien de Interés Cultural, también son susceptibles de ser divididos para ampliar el número de viviendas por planta. La única condición es que estén situados en suelo urbano y en terrenos con un uso residencial plurifamiliar permitido. Con estas condiciones se permite una división máxima de 60 metros cuadrados por vivienda.

Vista de Dalt Murada y la primera línea de sa Calatrava

Vista de Dalt Murada y la primera línea de sa Calatrava / B. Ramon

En el caso de los unifamiliares, aunque estén protegidos, se permite también la división hasta una altura máxima de planta baja y dos plantas. En este caso, la división máxima es de 90 metros. También en estos casos es preceptivo un informe favorable de la comisión de Patrimonio del Consell de Mallorca.  

Por último, en los inmuebles catalogados con algún grado de protección o declarados Bien de Interés Cultural, el máximo grado de protección patrimonial que existe, el nuevo decreto ley del Govern también da vía libre al cambio de uso, de comercial a residencial, con la única prescripción de nuevo informe del favorable de la comisión de Patrimono.

Señala el decreto que las nuevas viviendas resultantes del cambio de uso deben reunir las condiciones de habitabilidad que exige la ley, así como sacar los conductos de ventilación por la fachada interior.  

La construcción de estas nuevas viviendas, que se convertirán en viviendas de precio limitado, se podrá iniciar con una declaración responsable.

En todos los casos descritos, los ayuntamientos de Baleares, con acuerdos de pleno, pueden decidir aplicar el nuevo decreto ley del Govern o ignorarlo, así como establecer un ámbito de aplicación concreto en el conjunto de su territorio urbanizable.

"Un informe preceptivo de la comisión de Patrimonio del Consell no es garantía de protección, como hemos visto en el caso del restaurante beach club de la terraza de es Baluard"

Àngels Fermoselle

— Portavoz de ARCA

ARCA alerta contra los crecimientos en altura, "una medida especialmente peligrosa"

ARCA alertó ayer contra el aumento de alturas de los edificios que promueve el decreto ley del Govern, también en inmuebles protegidos. Anunció que está estudiando el texto y que en breve decidirá si presenta alegaciones.

No obstante, avanzó que aumentar la edificabilidad en altura de edificios ya existentes es una medida "especialmente peligrosa". "Sobre todo en zonas de Palma como l’Eixample, todavía con pocos inmuebles protegidos pero con zonas como Blanquerna o 31 de Desembre donde una medida así puede dañar bastante el valor patrimonial de todo el entorno", valoró la portavoz de la entidad Àngels Fermoselle, que añade que un informe preceptivo de la Comisión de Patrimonio "no es garantía de nada, como hemos visto con el restaurante de la terraza de Es Baluard. Por lo general, subrayó, "las normativas urbanísticas estables protegen el patrimonio, las improvisaciones, no".

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