El Ministerio de Consumo abre un expediente sancionador al Reggaeton Beach Festival
Tras las denuncias de FACUA, el Gobierno toma cartas en el asunto por impedir entrar comida y bebida del exterior, no admitir pagos en efectivo y quedarse con el sobrante de sus pulseras cashless
Maria Homar
El Ministerio de Consumo ha anunciado que abre su primer expediente sancionador a un festival, en concreto, se trata del Reggaeton Beach Festival celebrado en Can Picafort y en otras diez ciudades españolas. La sanción llega tras las denuncias de FACUA por impedir la entrada con comida y bebida del exterior, no admitir pagos en efectivo o quedarse con el sobrante de sus pulseras cashless. Las multas, avanzan, pueden alcanzar “el millón de euros y hasta ocho veces el beneficio ilícito” obtenido si este es superior al millón de euros.
Cabe recordar que FACUA denunció a la organización del festival ante las autoridades de protección a los consumidores autonómicas por impedir el acceso a los recintos con comida ni bebida pero concreta que dado que las irregularidades tienen lugar en distintas comunidades, el Ministerio ha asumido la potestad sancionadora de la que se dotó con una reciente reforma de la ley general para la defensa de los consumidores y usuarios.
En su comunicado, Facua recuerda que la empresa objeto del expediente sancionador incluía como cláusula obligatoria la prohibición expresa de entrada al recinto del festival con comida o bebida del exterior, pudiendo los asistentes ser registrados y, en su caso, denegarles la entrada por este motivo. Sin embargo, remarca la organización, en cada uno de los festivales organizados se concreta que se puede acceder con determinada comida y bebida, botella de agua pequeña, pieza de fruta, sándwich o snack precintado, exigiéndose adicionalmente en otro apartado distinto que no se aceptarán bocadillos o comida casera precintados con papel de plata o film.
Asimismo, el Ministerio de Consumo también está investigando otras prácticas denunciadas por FACUA en el Reggaeton Beach Festival. Se trata de la imposición de un sistema de pago mediante pulseras cashless, no aceptando el dinero en efectivo. Además, incide que la devolución y reeembolso de la cantidad sobrante no se admite por debajo de 2 euros debido a los gastos de gestión que ascienden a 1,5 euros. “Todas estas prácticas prácticas constituirían una infracción al ser consideradas cláusulas abusivas”, ha advertido Consumo en un comunciado.
Sanciones
Las sanciones previstas para estas infracciones pueden llegar a considerarse como infracciones graves o muy graves, y sancionarse con multas de entre 10.001 y 100.000 euros, en el caso de las graves, y entre 100.001 y 1.000.000 de euros, en el caso de las muy graves. En el caso de que el beneficio ilícito obtenido por las prácticas infractoras superara dichas cantidades, las sanciones que se impongan podrían alcanzar hasta entre cuatro y seis veces el beneficio ilícito obtenido, para lasinfracciones graves, y entre seis y ocho veces el beneficio ilícito obtenido, en el caso de las muy graves, ha recordado el Ministerio en su comunicado.
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