Una lupa sobre la pesca irregular en las redes sociales de Baleares

La dirección general de Pesca controla y sanciona actividades ilegales que los propios infractores cuelgan en internet con las denuncias que le llegan de los pescadores recreativos

Pese a que mucha gente lo desconoce, en el interior de los puertos no se puede pescar por una cuestión de «urbanidad».

Pese a que mucha gente lo desconoce, en el interior de los puertos no se puede pescar por una cuestión de «urbanidad». / Dirección general de Pesca

I. Olaizola

I. Olaizola

La dirección general de Pesca ha puesto en marcha una campaña para controlar y sancionar las actividades ilegales que los propios pescadores recreativos y profesionales cuelgan en la redes sociales para su propia notoriedad. Un control que el propio director general de Pesca, Antoni Grau, admite que pueden llevar a cabo gracias a los e-mails de denuncia que reciben de forma regular cada semana remitidos por la propia ciudadanía que ha visionado los vídeos colgados en la red.

«No tenemos a gente rastreando las redes sociales para descubrir estas irregularidades, no podríamos abarcarlas. Los inspectores investigan las denuncias ciudadanas que son más flagrantes y pueden acabar con una sanción administrativa, vamos a tiro hecho», diferencia Grau subrayando que la mayoría de las denuncias que recibe cada semana su departamento proceden de los propios pescadores recreativos.

«Nos preocupa tanto la ilegalidad manifiesta que se muestra en los vídeos como el mal ejemplo que dan a otros pescadores, de ahí la necesidad de actuar contra su difusión», explica el responsable de Pesca.

Cuatro expedientes en marcha

En estos momentos tienen en marcha cuatro expedientes sancionadores. Uno de ellos, por pescar en las instalaciones portuarias de Sóller, dos por faenar con más señuelos de los permitidos (dos por potera) en la pesca del calamar y el cuarto incoado contra un restaurante que anunciaba que ofrecía pescado de aquí «cuando ni siquiera procedía de Europa», se escandaliza Grau.

La dificultad de que estos expedientes sancionadores prosperen es conseguir demostrar que el vídeo de las infracciones se ha grabado efectivamente aquí, en las islas, y en el periodo de veda establecido para alguna especie si ese es el objeto de la denuncia.

Por lo que respecta a la autoría, no entraña mayores problemas ya que los mismos infractores suelen ser los protagonistas de los vídeos, apunta el director general.

«Hay que tener que en cuenta que estos vídeos llegan a tener entre 30.000 y 40.000 seguidores y algunos de ellos acaban por denunciar las irregularidades que ven», señala.

Anzuelos en las guías

Pese a que muchos pescadores desconocen esta circunstancia, Grau subraya que está prohibido pescar dentro de las instalaciones portuarias a no ser que las autoridades de las mismas habiliten alguna zona específica para practicar la actividad. «¿Que por qué no se puede pescar en los puertos? Por una mera cuestión de urbanidad. Imagínate que te clavas en las manos unos anzuelos que han quedado clavados en la guía de tu embarcación, te acuerdas de toda la familia del pescador», explica.

No obstante, en las escolleras que protegen estas instalaciones sí esta permitido pescar con caña, matiza el responsable de la Conselleria.

El director general de Pesca matiza que no les mueve un afán recaudador al incoar estos expedientes, que por norma general siempre intentan razonar con los infractores para que desistan de su actitud y que solo en caso de que no lo hagan siguen adelante con su tramitación.

Y algunos de los vídeos colgados en las redes sí se muestran imágenes que muestran un respetuoso respeto a la legalidad vigente como, por ejemplo, pescadores recreativos cortando parte de la cola de sus capturas para impedir su comercialización ilegal. «Eso es lo que queremos fomentar», diferencia.

Grau detalla que en materia de pesca la mayoría de sanciones que se imponen son de carácter grave y que están penadas con multas que oscilan entre los 301 y los 30.000 euros.

Esta última cantidad sancionaría acciones como pescar en una reserva marina integral (en la que está prohibida todo tipo de actividad) en época de veda, hacer pesca submarina con botellas, capturar calamares de noche con la ayuda de faroles que los atraen o vender de forma ilegal el pescado, pone como ejemplos.

«Pero lo normal es que las multas oscilen entre los 301 y los 5.000 euros. Hace poco sancionamos a un pescador profesional porque calaba más redes de las permitidas», revela.

La legislación actual permite pescar un máximo de 50 raors por persona y día.

La legislación actual permite pescar un máximo de 50 raors por persona y día. / Dirección general de Pesca.

En la tradicional y popular pesca del raor, que cada 1 de septiembre llena de embarcaciones el litoral mallorquín en pos de esta especie, el director general recuerda que la legislación autonómica actual, un decreto de 2014, permite capturar 50 ejemplares por pescador y día.

«Sí, pienso que son muchos. Pero es que cuando se estableció esa cantidad los raors eran más pequeños. Hoy en día cincuenta raors suponen varios kilos», admite Grau señalando que las normas se pueden cambiar con el consenso de todas las partes implicadas.

De ahí la comisión conjunta que han creado con las asociaciones de pesca recreativa para consensuar futuros cambios. En cualquier caso, el responsable de Pesca informa de que pescar más de esa cantidad de ejemplares está sancionado con 700 euros, 1.200 si además se han capturado dentro de los límites de una reserva.

Ya para concluir, el director general de Pesca revela que con las incautaciones de peces de pequeño tamaño «los cortamos en trozos y los tiramos al mar delante del pescador infractor, lo que les resulta muy traumático y les sirve de ejemplo».

Con las cantidades grandes o ejemplares de gran tamaño que estén en condiciones de ser consumidos, tras obtener una certificación de su idoneidad por parte de un veterinario, se suelen llevar a instituciones de beneficencia para que sean aprovechados por las personas en situación de exclusión social con las que trabajan.

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