El Constitucional ratifica que el Govern de Prohens solo tenía tres meses para reclamar los 2,6 millones de las mascarillas

Una sentencia de 2021 tumbó los ocho meses para resolver los expedientes que el PP esgrime ahora que tenía de plazo para esquivar la caducidad

La presidenta del Govern, Marga Prohens

La presidenta del Govern, Marga Prohens / B.RAMON

El Govern de Marga Prohens tenía tres meses como máximo para resolver la reclamación de los 2,6 millones de euros por las mascarillas a la trama Koldo. El argumento esgrimido ahora por el PP balear de que disponía de hasta ocho meses fue tumbado por el Tribunal Constitucional, que en una sentencia de 2021 decretó la nulidad de ese plazo para las administraciones autonómicas sin una legislación contractual propia, como es el caso de Balears.

Los cinco meses extra son el principal argumento lanzado desde el Ejecutivo de Prohens para no reconocer que dejó que el expediente caducara el pasado 18 de enero, tres meses después de notificar su inicio a la empresa, el 17 de octubre de 2023, tal y como sostiene la Audiencia Nacional que investiga a la trama corrupta.

En este sentido, una vez explotado el caso, el pasado 19 de marzo el IB-Salut envió una diligencia a la empresa Soluciones de Gestión, vinculada al entramado de Koldo García. La firma la jefa del departamento de Contratación, «para hacer constar que se ha detectado un error material», y donde se «señalaba un plazo máximo para dictar resolución expresa de tres meses [...] es realmente de 8 meses». La funcionaria del Govern no solo modifica el plazo para resolver el expediente; también aduce una nueva normativa de aplicación al procedimiento en trámite. Así, si inicialmente el Govern se amparaba en su reclamación de los 2,6 millones en la ley 39/2015 del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas, de repente se acoge ahora la ley 9/2017 de Contratos del Sector Público.

Según la jefa de departamento que asume en primera persona dicho «error material», que permitiría al IB-Salut sortear la polémica caducidad que beneficia a la trama, ahora es de aplicación el artículo 212.8 de la mencionada ley de Contratos, que estipula que el plazo es de ocho meses y no de tres. La razón aducida es un acuerdo de la Junta Consultiva de Contratación de las Illes Balears que fija los ocho meses en lugar de tres. No obstante, la sentencia del Constitucional -a todas luces un órgano superior a la Junta Consultiva- tumbó este apartado por «no ser conforme con el orden constitucional de competencias», de modo que el plazo de ocho meses «no será aplicable a los contratos suscritos por las administraciones de las comunidades autónomas [...]». La referencia a esta disconformidad a Derecho del artículo en cuestión aparece en cualquier buscador de jurisprudencia y en el texto de la ley del BOE.

Cabe recordar que el propio Koldo tuvo una conversación con su principal socio Juan Carlos Cueto en la que hablaron de que el Govern iba a acceder a tener una reunión con ellos para hablar sobre la reclamación . Tal y como recoge Europa Press, los informes de la Guardia Civil que obran en poder del juez de la Audiencia Nacional Ismael Moreno incluyen una llamada telefónica entre los dos implicados. «¿Que van a aceptar lo que les digamos?», preguntaba Cueto en alusión al PP balear. «Sí, sí, sí. O sea, es decir, hombre, lo que opinan es borrón y cuenta nueva», respondía García. Asimismo, el juez también apuntó hacia presiones de la trama respecto al actual Govern.

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