Penalva y Subirán recurrirán al Supremo para pedir su absolución

Las defensas de los cuatro condenados y varias de las acusaciones particulares pedirán al alto tribunal revisiones de la sentencia del TSJB

El exjuez Manuel Penalva y el exfiscal Miguel Ángel Subirán, durante el juicio.  | B. RAMON

El exjuez Manuel Penalva y el exfiscal Miguel Ángel Subirán, durante el juicio. | B. RAMON / Marcos Ollés

Marcos Ollés

Marcos Ollés

El caso Penalva y Subirán se resolverá en el Tribunal Supremo. Las defensas del exjuez, el exfiscal y los tres policías condenados por su actuación en el caso Cursach/ORA, así como varias de las acusaciones particulares, tienen previsto presentar recursos contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Balears (TSJB). Unos para reclamar su absolución frente a las penas impuestas —nueve años de cárcel para Penalva y Subirán y entre uno y cuatro para los agentes— y otros para exigir condenas e indemnizaciones más elevadas. Está por ver si la Fiscalía solicita el ingreso en prisión de los procesados antes de que el Supremo revise el caso, aunque todas las fuentes consultadas consideran improbable esta posibilidad.

La veintena de abogados personados en el procedimiento siguen estudiando al detalle la extensa sentencia —de 479 páginas— que declara al exjuez Manuel Penalva, el exfiscal Miguel Ángel Subirán y los policías Miguel Ángel Blanco, Blanca Ruiz e Iván Bandera autores de delitos de obstrucción a la justicia, coacciones y omisión de perseguir un delito de revelación de secretos. Quedó exculpado por completo el que fuera jefe del grupo de Blanqueo de la Policía, José Luis García Reguera, representado por el abogado Álvaro Martín Olmos.

Las condenas de Penalva y Subirán y los policías por obstrucción a la justicia se basan en las «presiones y amenazas» a tres imputados y detenidos del caso ORA en octubre de 2016 para que confesaran el presunto amaño y el cobro de comisiones por parte de Álvaro Gijón. El tribunal considera probado que el juez y el fiscal le dijeron en el juzgado a un funcionario de Cort: «El señor Gijón estará en las Bahamas y usted puede acabar en la cárcel». La versión de este imputado fue corroborada por su abogado y la sala entiende que Penalva y Subirán «coartaron la libertad de este investigado presionándole para que reconociera que el concurso estuvo amañado y que de no hacerlo podía acabar en prisión».

El segundo hace referencia a otro funcionario del Ayuntamiento, a quien Subirán le dijo que «era un mal día para cumplir años y que dependiendo de lo que declarase podía ir a la cárcel». Este imputado «optó entonces por exagerar la realidad y faltar a la verdad para evitar la prisión», cambiando así su anterior declaración.

Respecto al empresario Antonio Roig, sostiene el tribunal que «fue objeto de presiones y de amenazas» tanto antes de su detención como tras su arresto. En este caso, la sala utiliza los whatsapps para concluir que Penalva, Subirán y los tres policías «se concertaron y planificaron» estas presiones, que se extendieron también a su mujer, para que «confesase el amaño y delatase a Gijón».

Además de estos hechos, que constituyen delitos de obstrucción a la justicia, el TSJB concluye que también Álvaro Gijón fue coaccionado a través de las detenciones de sus padres y sus hermanos. Aunque la sentencia considera que estos arrestos, aunque «al límite», estaban amparados por los indicios recabados con ellos, fueron utilizados también para amedrentar al político y forzarlo a declarar. También en este caso el tribunal se apoya en los mensajes incautados, en los que hacían referencia a que «cuanto más blandito» acudiera a declarar Gijón tras las detenciones de su familia, «mejor».

Respecto a las noticias sobre la investigación que publicaban los medios, principalmente Diario de Mallorca, la sentencia reprocha al juez y el fiscal que no hicieran nada por impedirlas, lo que les vale una condena de inhabilitación —ambos están ya jubilados— por omisión de perseguir la revelación de secretos. La sala limita la responsabilidad a Penalva y Subirán, pero señala que estas «filtraciones tenían que ser conocidas no solo por los miembros del Grupo de Blanqueo, sino también por la cúpula policial, así como por el fiscal Carrau, el cual intervino en estos asuntos en sustitución y apoyo del fiscal Subirán, aunque solo puntualmente».

La legalidad de los whatsapps

La licitud de los mensajes, en los que en parte se apoya el tribunal para justificar las condenas, tendrá que ser dirimida también por el Supremo. Las defensas insistirán en que la incautación de los móviles de dos de los policías condenados, en los que se encontraron los whatsapps, fueron irregulares.

Sobre las acusaciones de obstrucción a la justicia y coacciones, los abogados defensores sostienen que son «desproporcionadas» y que la sentencia «no motiva debidamente» las condenas. En algunos casos, apuntan, se basan en testimonios cuya posible animadversión hacia los acusados no ha sido tenida en cuenta a la hora de valorar sus declaraciones incriminatorias.

El TSJB anuncia en la sentencia que las partes disponen de un plazo de cinco días para anunciar sus recursos ante la sala segunda del Tribunal Supremo.