El exjuez Penalva y el exfiscal Subirán, condenados a nueve años de cárcel

El TSJB rechaza casi todas las acusaciones pero concluye que ambos presionaron y amenazaron a tres implicados en el caso ORA

La sala considera que los padres y el hermano de Álvaro Gijón fueron detenidos para que el político confesara

Penalva y Subirán, en una foto de archivo

Penalva y Subirán, en una foto de archivo / B. Ramon

Marcos Ollés

Marcos Ollés

Manuel Penalva y Miguel Ángel Subirán acaban condenados. El Tribunal Superior de Justicia ha impuesto nueve años de prisión al exjuez y el exfiscal del caso Cursach por presionar y amenazar a tres personas implicadas en el presunto amaño del concurso de la ORA y detener a los padres y el hermano de Álvaro Gijón para forzar una confesión del entonces político del PP.

La sentencia implica condenas menores, de entre uno y cuatro años de cárcel, para tres antiguos miembros del grupo de Blanqueo de la Policía Nacional pero absuelve al jefe de la unidad. El fallo declara a los cinco condenados autores de delitos de obstrucción a la justicia y coacciones y fija una sola indemnización de 6.500 euros para Gijón. Penalva y Subirán son también condenados por no actuar contra las «filtraciones» a los medios de comunicación de las investigaciones, que acarrean penas de inhabilitación sin consecuancias al estar ambos ya jubilados. La sentencia notificada este miércoles y firmada por los magistrados Diego Gómez-Reino, Antonio Capó y Felisa Vidal, rechaza la inmensa mayoría de los delitos que la Fiscalía y las acusaciones particulares atribuían a los seis acusados, con peticiones de hasta 120 años de prisión por cabeza. De las millonarias indemnizaciones solicitadas, solo concede 6.500 euros a Gijón por «daños morales».

Las condenas se basan en las amenazas y presiones que el tribunal considera probadas a dos funcionarios de Cort y el empresario Antoni Roig tras ser detenidos o imputados por el caso ORA. En ellas participaron los cinco condenados para «coartar la libertad» de los sospechosos, amenazándoles con nuevos arrestos o ingresos en prisión, y forzar así confesiones y que implicaran a Álvaro Gijón en la manipulación del concurso público y el cobro de comisiones. «El señor Gijón estará en las Bahamas y usted, en la cárcel», le dijeron a uno de ellos. «Depende de lo que declare, irá a prisión», espetaron a otro. El tribunal relata otras maniobras, como los mensajes que hicieron llegar a Roig cuando estaba encarcelado o las presiones a su mujer para que lo convenciera de que debía hablar. La sentencia califica estos hechos como delitos de obstrucción a la justicia, agravados por haberse prevalido de su condición de autoridad en los casos de Penalva y Subirán. Al exjuez y el exfiscal les impone por ellos 7,5 años; al subinspector Miguel Ángel Blanco, 2,5 años, y a los agentes Blanca Ruiz e Iván Bandera, 14 meses. El jefe de Blanqueo, José Luis García, queda absuelto.

También considera delictivas la sala las detenciones de los padres y el hermano de Álvaro Gijón, ya que pese a existir indicios de criminalidad, su finalidad era «influir y ejercer presión» sobre el entonces diputado y concejal del PP para «forzarle a confesar que había cobrado una comisión» por el amaño del concurso. La sala concluye que se trata un delito de coacciones por el que condena a Penalva y Subirán a un año y medio de cárcel y a Blanco y Bandera a 14 meses.

La sala rechaza el resto de delitos atribuidos a los acusados. La sala concluye que los investigadores manejaban indicios suficientes, aunque algunos de ellos estaban basados en errores, para arrestar a l5 personas por el caso ORA. Además de descartar por ello los delitos de detención ilegal, también considera justificables los ingresos en prisión del empresario Roig y el funcionario de Cort Miguel Femenia y rechaza que hubiera en ellos un ánimo ilegítimo por parte del juez.

Respecto a las «filtraciones» a los medios, el tribunal concluye que de ninguna de las 27 queda acreditada la autoría, pero concluye que Penalva y Subirán deberían haber actuado contra ellas y no lo hicieron, por lo que les condena por omisión del deber de perseguir delitos a dos años de inhabilitación.