Condenan al ayuntamiento de Sóller por la caída que sufrió una mujer en la calle

La víctima cayó al suelo al resbalar cuando caminaba sobre una rampa que tenía cintas antideslizantes, pero estaban desgastadas

Vista general de Sóller.

Vista general de Sóller. / Joan Mora

Un juez de Palma ha condenado al Ayuntamiento de Sóller a indemnizar a una vecina, que sufrió una caída cuando, al bajar por una rampa pública para acceder al paso de peatones, sufrió una caída, que le provocó una grave fractura. La causa de la caída fue porque las cintas antideslizantes que se colocaron en esta rampa estaban muy desgastadas, de tal manera que no realizaban su función. El Consistorio tendrá que abonar una indemnización de casi 24.000 euros, aunque este dinero lo abonará la compañía de seguros.

Esta caída ocurrió el día 6 de octubre del año 2020. Sobre las nueve de la mañana la vecina iba caminando junto a su hija menor por la plaza Constitució de Sóller. A la altura de un conocido hotel fue a cruzar por un paso de peatones. Pero antes de acceder a dicho paso tuvo que pasar por encima de una rampa, que debido a que el suelo estaba muy mojado por la humedad que había, la víctima cayó al suelo y tuvo una grave fractura.

La víctima contrató al abogado Miguel Guillem Ramis para que demandara al Ayuntamiento de Sóller, al entender que era el responsable del mantenimiento de la zona pública. Es decir, entendía que el Consistorio debió cambiar con anterioridad las cintas antideslizantes de la rampa, ya que debido a su desgaste no realizaban ninguna función.

El Ayuntamiento de Sóller no quiso saber nada de esta reclamación previa, asegurando que la caída se produjo por culpa exclusiva de la víctima. Se mantuvo que la mujer conocía el estado de la rampa, ya que pasaba por allí todos los días para llevar a su hija al colegio. A diferencia de la versión de la víctima se aseguró que la zona no estaba húmeda.

La sentencia recuerda que es obligación de la administración mantener las vías públicas, tanto de circulación peatonal como viaria, en condiciones de seguridad para todos los ciudadanos que utilicen estos espacios. Es decir, no se puede justificar que estos lugares públicos de circulación presenten «dificultades u obstáculos», como pueden ser agujeros o baldosas rotas.

La víctima adjuntó en la demanda la declaración de varios testigos, vecinos o trabajadores de Sóller, que confirmaron que las cintas antideslizantes donde se produjo la caída estaban gastadas. En esta plaza hay tres rampas, que dan acceso a los pasos de peatones, y todas ellas estaban deterioradas, de tal manera que existía el peligro de que algún peatón sufriera una caída porque las cintas del suelo estaban en mal estado. Esta situación se acreditó a través de varias fotografías.

El juez interpreta que el Ayuntamiento de Sóller debió preocuparse algo más por el mantenimiento de estas rampas, para evitar que los peatones pudieran resbalar. De hecho, no fue esta mujer la única persona que sufrió una caída. Otros viandantes ya habían resbalado con anterioridad por el mal estado de las cintas, aunque no se fracturaron ningún hueso.

La sentencia incide en que no se puede exigir a ningún ciudadano que extreme la precaución cuando camina por la calle, porque se supone que existe la total confianza de que en este espacio público no aparecerá ningún elemento que suponga un peligro.

Además, también incide el juez, que a raíz de esta demanda el Ayuntamiento de Sóller remodeló la zona, eliminando las rampas y cambiando el tipo de pavimento.