Novedades en la campaña del Impuesto de Sociedades 2024: ¿qué debes saber?

 El Ministerio de Hacienda ha lanzado el proyecto de orden para aprobar el modelo de declaración del Impuesto de Sociedades para la campaña de 2024, enfocado en los ejercicios fiscales iniciados en 2023. Entre las diversas modificaciones, destacan los tipos reducidos destinados a las pymes y startups, así como las limitaciones en la compensación de pérdidas para los grupos consolidados. Veamos en detalle las novedades más relevantes que afectarán a las empresas en la próxima declaración.

1. Tipos reducidos para Pymes y Startups:

  • Pymes: la ley de Presupuestos Generales del Estado para el ejercicio 2023 estableció un tipo de gravamen reducido en el Impuesto de Sociedades del 23% para aquellas empresas cuya cifra de negocio en el periodo impositivo inmediato anterior fuera inferior al millón de euros.
  • Startups: la Ley de fomento del ecosistema de empresas emergentes, aprobada en diciembre de 2021, introdujo la posibilidad de aplicar un tipo impositivo del 15% en Sociedades durante el primer año en que la empresa obtenga beneficios y en los tres años siguientes consecutivos.

2. Límite a la compensación de pérdidas:

  • La Ley 38/2022, de 27 de diciembre, reformó el Impuesto de Sociedades para los períodos impositivos que comenzaron en 2023, limitando a los grupos consolidados la compensación de pérdidas al 50%. Esto implica que las empresas solo podrán contabilizar fiscalmente la mitad de las pérdidas obtenidas por las entidades que forman parte del grupo, mientras que el restante 50% se compensará de forma proporcional en los siguientes diez ejercicios.

3. Incentivos a la inversión:

  • Energía renovable: las empresas que realicen inversiones en instalaciones destinadas al autoconsumo de energía eléctrica proveniente de fuentes renovables podrán aplicar el beneficio fiscal de la libertad de amortización por una cuantía máxima de hasta 500.000 euros.
  • Recarga de coches eléctricos: se aprobó la posibilidad de aplicar la amortización acelerada en las inversiones en nuevas infraestructuras de recarga de vehículos eléctricos, permitiendo deducir el doble de rápido el coste de los nuevos activos.

4. Deducciones específicas:

  • Inversión en cine y series: Se establece una deducción del 30% sobre el primer millón de base y del 25% sobre el exceso de esta cantidad para las inversiones en producciones españolas de películas o series.
  • Titularidad real: Las personas jurídicas o entidades están obligadas a comunicar a la Administración tributaria la identificación de los titulares reales de las mismas.

5. Beneficios para Baleares:

  • Se introducen reducciones en la base imponible para las empresas de las Islas Baleares que destinen beneficios a reservas de inversión, así como bonificaciones en la cuota íntegra correspondiente a los rendimientos derivados de la venta de bienes producidos en las Islas.

6. Fecha de presentación:

  • Las empresas deberán presentar el Impuesto de Sociedades en los 25 días naturales siguientes a los seis meses posteriores al fin del periodo impositivo, lo que implica que para ejercicios que finalizaron el 31 de diciembre de 2023, la declaración se presentará entre el 1 y el 25 de julio de 2024, exclusivamente por vía electrónica.

Con estas nuevas disposiciones, es crucial que las empresas estén al tanto de los cambios normativos y ajusten sus estrategias fiscales en consecuencia para cumplir con las obligaciones tributarias de manera eficiente y conforme a la legislación vigente.

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