Aviso de la Seguridad Social para el 2024: podrás jubilarte con 61 años si cumples esto

La nueva ley de las pensiones facilita el acceso a la prejubilación en algunos casos especiales

Luis Miguel Mora

El 2024 será un año totalmente nuevo para las pensiones porque al fin se pondrá en marcha el nuevo sistema de estas pagas. El gobierno aprobó hace unos meses la nueva ley sobre las pensiones con la que se quiere garantizar que todos los que las reciban tengan suficiente poder adquisitivo para llegar a fin de mes.

Este es un plan a largo plazo durante los próximos cuatro años en el que las pensiones crecerán progresivamente hasta alcanzar un 70% más del valor actual. Este cambio también trae otras modificaciones de la ley actual, como la nueva edad de jubilación que pasará a ser de los 65 años a los 66 años y 6 meses para aquellos que hayan cotizado 38 años. Todo esto se hace con el fin de garantizar la viabilidad de la hucha de las pensiones y un buen funcionamiento de estas.

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La OCU avisa: Esto es lo que deberían hacer los jubilados con ahorros en el banco / Pexels

Otra novedad importante es que algunas personas podrán adelantar su edad de jubilación a los 61 años si cumplen algunos requisitos impuestos por la Seguridad Social. La prejubilación no es una novedad en el plan de pensiones del 2024, pero sí incluye algunos aspectos a tener en cuenta porque se han creado especialmente dada las últimas circunstancias del empleo.

Prejubílate con 61 años

La Seguridad Social quiere que sigas trabajando en el máximo tiempo posible para poder garantizar la estabilización del sistema de pensiones y que este no corra riesgo porque haya más personas jubiladas que trabajando. Este es uno de los motivos de la nueva ley de pensiones por la que se amplía la edad de jubilación y el tiempo de cotización. Sin embargo, puedes escaparte de esta subida si entras dentro de este grupo de trabajadores.

La jubilación forzosa anticipada afecta a los trabajadores que han sido despedidos por un ERE o por un despido objetivo. También puede existir un fallecimiento o jubilación del empresario, una extinción del contrato por resolución judicial, fuerza mayor o víctima de violencia de género. Si te ha pasado alguno de estos casos, a partir del 1 de enero de 2024 podrás jubilarte siete años antes de la fecha indicada el caso de que hayas cumplido los 38 años cotizados.

Si por el contrario no has trabajado lo suficiente, tendrás que esperar hasta los 62 años y seis meses para poner fin a tu vida laboral por alguna circunstancia especial.