Dos condenados por construir una casa en suelo protegido de es Trenc

Un promotor y un constructor aceptan penas de multa por edificar una vivienda en zona rústica del área natural y deberán demolerla

Los dos condenados, ayer en el juicio en Palma. | M.O.I.

Los dos condenados, ayer en el juicio en Palma. | M.O.I. / marcos ollés. palma

Marcos Ollés

Marcos Ollés

Un promotor y un constructor fueron condenados ayer a penas de prisión, que se sustituyen por multas, por edificar de forma ilegal en una área protegida de es Trenc, en Campos. Los acusados reconocieron ante la jueza que construyeron una vivienda en suelo rústico sin permisos ni informes de Medio Ambiente. Por ello, se declararon autores de un delito contra la ordenación del territorio y aceptaron demoler la construcción y devolver la finca a su estado anterior. Los dos procesados alcanzaron un acuerdo de conformidad con la Fiscalía a través de sus abogados, Gaspar Oliver y Daniel Castro.

Ambos reconocieron que en enero de 2015, «obrando con total desprecio por las normas reguladoras del urbanismo y el medio ambiente» —como sostenía la Fiscalía— construyeron una vivienda unifamiliar de unos 65 metros cuadrados en una parcela situada cerca de ses Covetes, en Campos. La edificación no es legalizable, ya que se encuentra en suelo rústico protegido, en una Área Natural de Especial Interés (ANEI) y de alto valor medioambiental.

Los hechos fueron denunciados en 2017 y un juzgado de instrucción de Manacor abrió diligencias. Tras la investigación, la Fiscalía imputó al promotor y al constructor un delito contra la ordenación del territorio, por el que reclamó sendas condenas de dos años de prisión.

Ayer, antes de la celebración del juicio en un juzgado de lo penal de Palma, las partes alcanzaron un acuerdo. El promotor aceptó un año de prisión y el constructor, nueve meses de cárcel. Las defensas solicitaron que estas penas se sustituyeran por multas de 4.320 y 3.240 euros respectivamente y, aunque la fiscal se opuso a ello, la magistrada acordó cambiar la condena de cárcel por las sanciones económicas. La jueza dictó sentencia en el acto y el fallo ya es firme.