Archivan la demanda contra el Govern por no sancionar los vertidos de Emaya

La Audiencia Provincial desestima el recurso de la Asociación de Navegantes del Mediterráneo que acusaba a Medio Ambiente de prevaricación por multarles al fondear sobre posidonia y no actuar contra las fugas de fecales al mar de las depuradoras

Redacción

La Audiencia Provincial de Palma ha desestimado la demanda por prevaricación contra la conselleria de Medio Ambiente del Govern por no sancionar los vertidos en la bahía de Palma por parte de las depuradoras de Emaya. La demanda había sido interpuesta por la Asociación de Navegantes del Mediterráneo que alegaba que el Govern les sancionaba si fondeaban con sus embarcaciones sobre la posidonia, pero no actuaba contra Cort cuando los residuos fecales obligaban a cerrar las playas de Palma.

La Sala, en un auto del pasado martes 11 de abril, confirma en todos sus extremos el archivo de la causa por prevaricación dictaminada por el juzgado de Instrucción número 7 de Palma. La resolución del juzgado recordaba que el Govern participaba en los costes «altísimos» de unos 220 millones de euros en la «solución del problema» de la depuradora de la capital balear. Pese a este archivo, la Asociación de Navegantes del Mediterráneo decidió recurrir ante la Audiencia Provincial de Palma.

El auto de la Audiencia de hace solo unos días se manifiesta en los mismo términos que el del juzgado de Instrucción número 7: «En definitiva, la omisión de sanciones no se muestra como ejercicio de voluntad torcida, injustificada o arbitraria, lo que conlleva la confirmación de la resolución recurrida».

El conseller de Medio Ambiente, Miquel Mir, mostró su satisfacción por la resolución definitiva de la demanda por prevaricación contra su Conselleria. «Los jueces han entendido que desde Medio Ambiente no nos hemos desentendido del tema como alega la demanda de la Asociación de Navegantes. Queda perfectamente demostrado que a través del canon de saneamiento se ha realizado una inversión que supera los 90 millones para acabar con los vertidos en la bahía de Palma», explicó Mir a este periódico.

El conseller recordó que esta demanda por prevaricación tiene su origen en el decreto del Govern para preservar las praderas de posidonia y la posterior ley. Unas normativas que desde la Asociación de Navegantes del Mediterráneo mostraron su rechazo, especialmente por las sanciones por fondear sobre las praderas de posidonia.

Los argumentos del tribunal

El auto del juzgado de instrucción número 7 de Palma, que en primera instancia ya desestimó la demanda de la Asociación de Navegantes del Mediterráneo, era de junio de 2022 y ahora la Audiencia Provincial acepta sus argumentos para archivar la denuncia. La resolución apuntaba: «Puede ya concluirse que efectivamente, la Conselleria no realizó expedientes de denuncia contra Emaya a través de la dirección general del territorio u otras pero sí puede decirse que no se desentendió del problema, que su actitud ha sido no adoptar medidas punitivas sino tener como meta o intención la colaboración con la institución directamente encargada de la depuración de las aguas residuales y de las aguas pluviales, para mejorar tal servicio con la intención de que no existan deficiencias o peligros para la salud pública y para el medio ambiente de la zona».

En concreto, la demanda interpuesta por la Asociación de Navegantes del Mediterráneo argumentaba que la conselleria de Medio Ambiente del Govern estaba aplicando el decreto de posidonia, que sancionaba los fondeos de los navegantes, sobre esta planta marina protegida. Sin embargo, mantenían que no actuaba con los cerca de 28 vertidos de la planta de depuración de Palma acaecidos entre 2017 y 2018.

Suscríbete para seguir leyendo