Tribuna

El bienestar de los perros de caza y la ley

El bienestar de los perros de caza y la ley

El bienestar de los perros de caza y la ley / PABLO REQUEJO

La aprobación del texto definitivo de la Ley de Bienestar Animal la semana pasada por el Congreso de los Diputados ha recogido, entre otras enmiendas menores, la de excluir de su ámbito de aplicación a los perros usados en la actividad cinegética. Quiero compartir con los lectores algunas reflexiones jurídicas para poder introducir algo de sensatez y cordura en este polémico tema. Polémico por ser una decisión política y no científica, técnica ni jurídica y por la amplificación siempre desorbitada de las voces que se producen en las redes sociales, como tenebrosas se convierten las voces proyectadas por el eco de una cueva en plena noche.

Si tenemos en cuenta que los perros usados en la caza son de la misma especie y raza que los perros que conviven en el seno de las familias como animales de compañía, no se entiende la razón por la que a aquellos no deba aplicarse una ley que establece los derechos básicos y fundamentales de los animales. Y es que la cuestión no va por ahí. No es que los cazadores no quieran para sus animales el máximo bienestar o que se opongan a que las leyes les obliguen a darles de comer y beber. El colectivo de los cazadores no está a favor del maltrato y no debemos criminalizar ni estigmatizar a todo un colectivo por las atrocidades cometidas por unos pocos. En verdad, si le preguntáramos a un cazador si puede llamarse así a una persona que maltrata a sus perros, seguro que nos diría que no, que ese no es un verdadero cazador.

La cuestión es que lo regulado por la nueva Ley de Bienestar Animal significaría para muchos cazadores un cambio de costumbres que no están dispuestos a llevar a cabo. La ley da un paso muy importante en promover un cambio de mentalidad, de considerar a los animales como meros recursos a comprender que son seres vivos dotados de sensibilidad y mucho más. Y, no seamos ingenuos, ver a los animales como «pares» sentados en la misma mesa de la dignidad con nosotros, significaría terminar con muchas actividades consideradas legítimas y buenas. Esta reticencia al cambio es lo que ha provocado que determinados sectores económicos y sociales hayan presionado a sus políticos para que los defiendan. Y el PSOE ha tenido que hacer caso a los colectivos de cazadores, en especial a los andaluces, para no perder votos en las próximas elecciones. Y según las últimas encuestas los populares y los populistas están ganando electores.

Ahora bien, la pregunta que nos seguimos haciendo es: ¿los perros de caza quedan desprotegidos al no ser incluidos en la Ley de Bienestar Animal? La respuesta es un contundente NO. Veamos por qué. La Ley 6/2006, de 12 de abril, balear de caza y pesca fluvial, establece en su artículo 7.1 d) que los cazadores tienen el deber de asegurar el bienestar de los animales auxiliares de que se sirvan. Por lo tanto, los perros de caza están protegidos por las leyes. Ahora bien, ¿qué se entiende por bienestar? Y ¿hay alguna ley que señale los parámetros que permitan delimitar correctamente el bienestar de un animal? Sí, en Baleares la Ley 1/1992 de protección de los animales que conviven en el ámbito urbano. No existe ninguna otra norma que regule cómo debe ser el trato a un animal para que sea considerado «bienestar». Aquí no queda la cosa. Al aprobarse la ley estatal de bienestar animal, las leyes autonómicas, sobre todo la balear -puesto que ya está muy anticuada-, van a tener que renovarse para adaptarse a aquélla. Esto significa que indirectamente se terminarán aplicando a los perros de caza los estándares establecidos en la Ley de Bienestar Animal de la que se les ha excluido. Lo mismo va a ocurrir en las demás Comunidades Autónomas cuyas leyes de caza también incluyen entre los deberes de los cazadores asegurar el bienestar de sus perros.

Tarde o temprano, directa o indirectamente, como ya ocurre en el departamento de Medellín (Colombia) los poderes públicos dejarán de fomentar actividades humanas como la caza. Hemos llegado a un grado de conquista y consolidación legal de los derechos de los animales en el que ya no hay vuelta atrás. Aunque se pretenda salir por la puerta de atrás para eludir la ley, al final todos nos topamos con ella, nos guste o no. Así como ya no hay marcha atrás en la conquista de los derechos de la mujer, de la infancia y de determinados colectivos que han sufrido discriminación secularmente, tampoco vamos a ceder en lo que se refiere a los animales. Se ha trabajado y luchado mucho y se sigue en ello. Todavía queda mucho por hacer, pero la nueva Ley de Bienestar Animal significa un paso valiente y definitivo en la consideración de los animales como sujetos de derecho, sujetos de vida y sujetos de dignidad.