La Autoritat Portuària de Baleares despidió a una trabajadora después de ser madre

El TSJB reprocha la actitud de la entidad pública y la condena a indemnizar a la mujer con 50.000 euros por los daños ocasionados

Condena ejemplar contra la Autoritat Portuària

Condena ejemplar contra la Autoritat Portuària

La Autoritat Portuària de Balears prescindió de una trabajadora mientras la mujer estaba disfrutando de su permiso maternal. Una sentencia del TSJB reprocha la actitud de la entidad pública por este tipo de decisiones y la obliga a indemnizar a la empleada con la cantidad de 50.000 euros por los daños morales que sufrió como consecuencia de esta situación laboral. La sentencia da la razón al abogado Pablo Alonso de Caso, que representó a la trabajadora.

Esta empleada empezó a trabajar en el año 2010. Era asistente técnico para la planificación, indexación y conservación de los archivos de la APB. Su relación laboral se legalizó a través de un contrato de arrendamiento de servicios. Este tipo de contrato fue incluso denunciado por la Seguridad Social al cuestionarse su legalidad. Sin embargo, la Autoritat Laboral siempre ha negado que existiera esta relación laboral, pese a que la mujer trabajó durante años con la entidad pública.

En el año 2014 la trabajadora anunció su embarazo y una vez que ya tuvo a su hijo reclamó a la empresa que le remitiera la documentación necesaria, para que pudiera cobrar la prestación por maternidad. Al considerar la APB que se trataba de una profesional independiente, sin vinculación oficial con la empresa, se negó a tramitarle estos documentos. La mujer recibió esta prestación como trabajadora autónoma. Pero la situación más grave que sufrió esta mujer fue que cuando estaba a punto de dar a luz, desde la Autoritat Portuària se le indicó que continuara trabajando y realizando su función de técnica. Al no poder cumplir la empleada con esta labor, la entidad pública decidió romper la relación laboral al interpretar que la mujer, en pleno proceso de maternidad, había abandonado el puesto de trabajo. Es decir, la entidad utilizó esta fórmula para romper cualquier relación con esta empleada cuando acababa de ser madre.

La sentencia considera que esta situación laboral ha perjudicado a la trabajadora, tanto a nivel personal como familiar en una situación de embarazo y maternidad. Y, sobre todo, reprocha que estos hechos irregulares los hubiera cometido una administración pública.

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