El Consell Consultiu avala la regulación de los precios de alquiler en zonas tensionadas

El organismo asegura que este punto fundamental de la Ley Estatal de Vivienda no es inconstitucional, contradiciendo así la posición del Govern

El texto también alerta de la posible inconstitucionalidad de cinco artículos de la normativa

Vista del barrio de la Bonanova, en Palma

Vista del barrio de la Bonanova, en Palma / M.V.

Andrés Martínez

Andrés Martínez

El Consell Consultiu avala la regulación de los precios de alquiler en zonas tensionadas, uno de los puntos de la ley Estatal de Vivienda que el Govern consideró que podría ser inconstitucional. En el documento, el organismo se centra en el artículo referido a las zonas tensionadas, asegurando que limitar los precios de alquiler en estos espacios no incurre con la normativa. Así, el texto del Consultiu expresa lo siguiente.

Así, el texto del Consultiu expresa lo siguiente. "En relación con las medidas de intervención del mercado de alquiler, a través del nuevo régimen de prórrogas del contrato de arrendamiento de vivienda habitual en zonas de mercado tensionado y del establecimiento de contención de precios de estos alquileres, y en aplicación de la jurisprudencia constitucional mencionada, puede concluirse que la regulación que lleva a cabo el legislador no desvirtúa el derecho de propiedad ni niega la utilidad económica de la propiedad, en el sentido que no comporta cargas desproporcionadas ni excesivas y se mueve dentro de los cánones establecidos por el Tribunal Constitucional".

En este sentido, la consellera de Vivienda Marta Vidal reiteró que la actual Ley de Vivienda supone " una invasión de las competencias exclusivas" de la comunidad autónoma. Vidal explicó que el Estado "no puede entrar" en decir qué es una declaración de zona de mercado residencial tensionado ni puede entrar a valorar cómo se registra la actividad de los grandes tenedores: "Son competencias claramente autonómicas y este exceso regulativo vacía nuestra competencia, dejándonos un margen escaso o incluso nulo". Esto significa, según apuntó, que debe ser el nuevo Govern quien decida "cuándo y como" un mercado debe ser considerado como tensionado o cuál debe ser la relación con los grandes tenedores.

Por otro lado, en el mismo texto también se alerta de la posible inconstitucionalidad de cinco artículos de la Ley Estatal de Vivienda, considerando que no se ajustan a la Carta Magna y al Estatut de les Illes Balears. En concreto, del dictamen aprobado por cinco miembros del Consell Consultiu se desprende que se considera que hay indicios de inconstitucionalidad en cinco artículos de la Ley, de los cuales en tres artículos concluye que no se ajustan o son contrarios a la Constitución Española y al Estatuto de Autonomía de las Illes Balears y en otros dos expresa dudas interpretativas sobre su encaje constitucional.

El Consell Consultiu defiende que los artículos 16, 27 y 28 de la normativa, referidos a la vivienda protegida y a los parques públicos de vivienda no se ajustan o son contrarios a la Constitución y al Estatut. En los articulos 8 y 35 se considera que hay indicios de posible inconstitucionalidad.