­El Govern Bauzá no se receta su propia medicina: pretende blindar a los actuales altos cargos del PP evitando que les afecten los nuevos requisitos para poder cobrar el ´Nivel 33´. Para tener derecho a este complemento salarial no se les exigirá haber ocupado el puesto durante cuatro años continuados o seis con interrupción, como prevé la reforma legislativa que impulsa el propio partido, sino que les será aplicable el mínimo de dos años que marca ahora la ley vigente. De este modo, la restricción para poder consolidar el llamado plus político solo afectará a los miembros del nuevo gobierno que salga después de las elecciones de 2015.

En el argot funcionarial se llama ´Nivel 33´ a la consolidación del complemento de destino de un director general de la administración del Estado, que supone un plus de hasta 1.151 euros mensuales en la nómina. Tienen derecho a cobrarlo los funcionarios que hayan ocupado durante dos años continuados, o tres con interrupción, determinados cargos políticos, saltándose así todos los escalafones por los que debe pasar el común de los empleados públicos para promocionar.

A los miembros de este Govern no se les exigirá haber estado 4 años en el cargo para poder cobrar el plus, sino al siguiente

La consellera de Administraciones Públicas, Maria Núria Riera, anunció por todo lo alto hace unas semanas que con la nueva ley de Función Pública -que se está negociando ahora con los sindicatos- será exigible haber sido alto cargo un mínimo de cuatro años. Esto hubiera supuesto que los consellers, directores generales y demás altos cargos del PP que han sido nombrados a mitad de legislatura se quedaran sin consolidar el ´Nivel 33´, al haber estado solamente dos años en el cargo. La solución para evitar este trance a los ´populares´ ha sido incluir en el borrador de la nueva ley la disposición transitoria 18ª, que estipula que las nuevas condiciones para poder cobrar el ´Nivel 33´ solo "afectarán a los nombramientos hechos a partir de la entrada en vigor de esta ley". Por contra, "los nombramientos hechos con anterioridad se regirán por los periodos previstos en la ley vigente en el momento de su nombramiento", es decir, dos años consecutivos o tres con interrupción.

Cargos que no llevan dos años

Uno de los beneficiarios de la excepción podría ser el propio director general de Función Pública, Antoni Mesquida -funcionario del cuerpo administrativo-, que hasta el 11 de mayo de 2015 no cumplirá los dos años como alto cargo. Si al llegar esa fecha se le tuviera que aplicar la nueva ley que él mismo promueve, y que en teoría ya estará aprobada entonces, no tendría derecho a percibir el plus político. Si finalmente prospera la disposición transitoria que se ha incluido, al haber sido nombrado con anterioridad a 2015, le sería de aplicación la normativa actual, con lo que podría cobrar el complemento salarial.

El STEI denuncia la maniobra de la Conselleria para "dejarlo todo atado" y que la ley hable de un 90% de duración del mandato

El afán por consolidar el ´Nivel 33´ llega al punto de que muchas de las dimisiones de cargos de segundo y tercer nivel que se producen en el ecuador de la legislatura se deben exclusivamente a permitir que el máximo número de funcionarios que pasan por la política se beneficien de este controvertido sobresueldo. Esta es, y ha sido, la tónica tanto en los gobiernos del PP como en los dos que ha habido del Pacto.

El sindicato STEI está siendo muy beligerante contra el Govern reclamando la supresión del ´Nivel 33´ por considerarlo un privilegio sin sentido. Desde la organización criticaron ayer "la maniobra de la Conselleria para dejarlo todo atado y que la restricción no afecte a los cargos actuales". El STEI también asegura que el ´Nivel 33´ "es el tema de la ley de Función Pública que más modificaciones ha sufrido de todo el texto, desde el primer borrador".

Asimismo, el sindicato denuncia la ambigüedad de la redacción del borrador -el tercero- de la ley, que ya recoge el nuevo periodo exigible para reconocer el ´Nivel 33´. El texto dice que "se entenderán cumplidos los cuatro años cuando se haya ocupado de manera continuada el cargo que da lugar al reconocimiento de este derecho durante al menos un 90% de la duración del mandato del órgano de gobierno correspondiente". El porcentaje provoca recelos en el STEI, pues "ya no estamos hablando de cuatro años enteros", señala.