La Audiencia de Palma ha adoptado una decisión ejemplar contra Jaume Matas. Ordena que ingrese en prisión y cumpla los nueve meses que le impuso el Tribunal Supremo por el delito de tráfico de influencias. Los jueces entienden no solo que se trata de un delito grave, sino que el autor era la persona que ostentaba el máximo poder político de Balears y su actuación violó la confianza que los ciudadanos habían depositado en él.

Matas pretendía, por una parte, que los jueces suspendieran esta condena, pero además que los nueve meses de cárcel se sustituyeran por una multa. Si pagaba esta sanción económica la condena por la contratación irregular del periodista Antonio Alemany quedaría cumplida. Ya no podría aplicarse la reincidencia si Matas fuera condenado de nuevo en cualquiera de los múltiples casos que aún le quedan pendientes.

Sin embargo, los jueces no han aceptado ninguna de las dos propuestas, sino todo lo contrario. Consideran que es "ridícula" la sanción que pretende pagar el exministro y, además, entienden que si no ingresa en prisión se está lanzando un mensaje de impunidad ante la corrupción política. El tribunal justifica que con este ingreso en prisión lo que se pretende es neutralizar "este tipo de comportamientos que merman, e incluso llegan a anular, la confianza en las instituciones públicas".

Tres días para recurrir

El ingreso en prisión de Matas no será inmediato. Ahora tiene un plazo de tres días para recurrir este auto, que será resuelto por los mismos jueces, lo que hace difícil que cambien de opinión en tan poco tiempo. Por tanto, si se confirma el auto solo le queda solicitar un indulto al Gobierno, lo que supondrá que su ingreso se suspenderá a la espera de lo que decida el Ejecutivo. Si dentro de un año se deniega esta medida de gracia, Matas tendrá que ir a la cárcel y permanecer nueve meses en prisión.

Aunque es habitual que las condenas por debajo de los dos años de cárcel no se cumplan en prisión, esta decisión siempre depende del criterio que tengan los jueces. Y en este caso los magistrados creen que no se dan las circunstancias para aceptar esta suspensión porque el delito de tráfico de influencias lo cometió "quien fue máxima autoridad de esta comunidad autónoma". Y es por ello que los jueces valoran que "el grado de responsabilidad, las altas funciones que tenía encomendadas, la representación que ostentaba Matas como presidente de la comunidad autónoma", son circunstancias a tener en cuenta, por cuanto su comportamiento "traicionó y vulneró la ley".

Los magistrados no creen que el delito que cometió Matas se pueda reparar pagando una multa. La Sala realiza una lectura más social que económica porque se trata de un delito de corrupción cometido por un político. "Que se produzca un abuso de poder para beneficiar a un particular es una conducta delictiva grave y en mayor medida si es directamente cometida por la máxima autoridad de la comunidad autónoma. No puede olvidarse, ni obviarse, la trascendencia y repercusión pública del hecho", señala el auto. La Sala recuerda que no es la primera vez que en Balears no se le suspende a un político una condena inferior a los dos años de cárcel, como es el caso de Rodrigo de Santos o de Joaquín Rabasco. Pero también recuerda que en otras provincias se ha hecho lo mismo, como es el caso de Barcelona en el asunto Pallerols, en el que se ordenó el ingreso en prisión de varios políticos condenados a penas inferiores a los dos años.

Para que esta pena de prisión se suspenda, la ley exige que el delincuente asuma "el comportamiento incorrecto, antisocial y delictivo". Sin embargo, Matas, y así lo recuerda el auto, sigue sin reconocer el delito, no acepta la sentencia y públicamente reitera que es inocente.

Aunque el tribunal reconoce que no siempre se logra la recuperación social de un condenado que ingresa en prisión, la norma también establece otras medidas que buscan un efecto más intimidatoria. Y para justificar que esta medida más drástica se aplique contra Jaume Matas, el tribunal recuerda que su delito lo cometió en su ejercicio del poder, lo que provoca "un daño irreparable en el maltrecho campo de la confianza ciudadana". El tribunal cree que si Matas no ingresa en prisión por este delito, no se produciría ningún "efecto intimidatorio o preventivo alguno y se alimentará la sensación de impunidad de quien ejerce, de modo desviado, en su propio beneficio, el poder que le ha sido confiado por los ciudadanos".