El fiscal ha concluido que tanto la monitora como la encargada de los alérgicos del comedor del colegio La Salle de Palma cometieron un delito de homicidio por imprudencia grave al entregar a la alumna Naia Sans, de cinco años, el helado que causó su muerte tras provocarle una reacción alérgica.

Este viernes ha tenido lugar la última sesión del juicio contra las dos acusadas, que ha quedado visto para sentencia. La Fiscalía pide para ambas dos años de prisión al creer que queda probado que "las dos son responsables de que la niña se comiera el helado". Al ser alérgica la proteína de leche de vaca, el 24 de mayo de 2019, la pequeña sufrió un shock anafiláctico y falleció.

"Se considera que la encargada entregó a la monitora el helado y ésta a la niña, por tanto, la encargada llevó a cabo dicho acto y posteriormente, de forma inmediata, negó que hubiera intervenido en absoluto, pero entendemos que sí lo hizo y que no tiene ningún tipo de excusa en cuanto a responsabilidad", ha dicho el fiscal, remarcando que al ser la camarera de los alérgicos "está obligada a conocer las necesidades de los alumnos a su cargo".

"Puede haber sido un grave error o ignorancia, pero en cualquier caso es un acto imprudente e inexcusable", ha insistido.

En cuanto a la monitora, ha considerado que su papel era el de "velar por la salud de la niña en todo momento, por ser extremadamente alérgica y tener un estado de salud muy delicado".

Del mismo modo se ha pronunciado la acusación particular, que en su caso pide una pena de cárcel de cuatro años a cada una de las trabajadoras.

El letrado ha justificado la elevación de la pena por el hecho de que el centro, entre otras cuestiones, contara con tarjetas identificativas, bandejas de colores diferentes e incluso espacios entre sitios para proteger a la menor y, aún así, sucediera este final. "Era una niña que necesitaba que estuvieran muy pendiente de ella", ha subrayado.

Por todo ello, ha considerado que no se puede poner "la pena mínima cuando la gravedad es la máxima". "Creemos que no había voluntad ni intención, por eso hablamos de un homicidio imprudente, pero esto no puede quedar en multa o en suspensión de condena", ha manifestado.

Conclusiones de las defensas

La defensa de la monitora ha considerado por su parte que ésta debería quedar exenta del delito, entre otras cuestiones, porque el helado llevaba un envoltorio de plástico que no indicaba los ingredientes del mismo --esta información se encontraba en la caja--.

En este sentido, ha señalado como responsable a la encargada de los alérgicos, también acusada en esta causa, a quien su defendida consultó y reiteró "en dos ocasiones" si podía entregarle el helado a la menor.

Por tanto, la defensa entiende que se exige "un nivel de conocimiento" a la monitora que "supera por mucho el delito de homicidio imprudente", ya que no tenía ningún tipo de formación en manipulación de alimentos o alérgenos.

"Ella no es perito en la materia, su tarea es la de guardar a los niños y entregar lo que le dieran las camareras", ha continuado, reiterando por tanto que su patrocinada fue "simple instrumento" de la encargada de alérgicos, "que fue quien cometió un error que, además, se venía repitiendo".

Por último, el abogado de la camarera de alérgicos ha pedido también la absolución de su defendida. En este sentido, ha alegado que en el comedor del colegio en el que sucedieron los hechos "se juntan hasta 700 alumnos" y se produce "un trajín y un caos sonoro y de movimiento prácticamente constante".

En este contexto, ha recordado que "el 24 de mayo se produjo una alteración del menú con la aparición de una novedad, la introducción de los helados para los más pequeños, algo inusual para las camareras y las monitoras".

Además, ha considerado que ese día "sucedieron otras circunstancias que complicaron y agravaron el proceso, llegando a una consecuencia final más grave de lo que pudo ser".

En su último turno de palabra, la encargada ha pedido disculpas a la familia por lo sucedido, mientras que la monitora ha sostenido que "siempre" ha dicho su verdad.

Los hechos

El suceso tuvo lugar en un centro concertado de Palma el 24 de mayo de 2019, durante el almuerzo. La niña tomó de postre un sándwich de nata helado, sin lactosa, que le provocó una fuerte reacción alérgica.

Al rato, la menor comenzó a quejarse diciendo que se encontraba mal y los síntomas se fueron acelerando rápidamente. La pequeña sufrió un shock anafiláctico y falleció.