Comarcas

Las claves de la temporada de caza 2024-2025: estos son los periodos hábiles y las especies que se podrán capturar

“Esta orden de vedas marca un antes y un después. Por primera vez ponemos en valor a los cazadores y su contribución en la preservación ambiental", destaca el conseller Pedro Bestard

Imagen de un ave.

Imagen de un ave. / Consell

Redacción

El Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB) ha publicado este jueves la Orden de Vedas para la temporada 2024-2025, en el que se establecen los periodos hábiles y las especies cinegéticas que se podrán cazar en Mallorca

En declaraciones recogidas en un comunicado de prensa del Consell, el conseller de Medio Ambiente, Medio Rural y Deportes, Pedro Bestard, aseguró que este documento es un ejemplo de su compromiso "con el mundo rural y cinegético".

"El sector cinegético es un instrumento eficaz para el control de las poblaciones animales, la mejora de las economías del medio rural y la preservación de las especies en riesgo. El sector cinegético contribuye a generar actividad y empleo, además de ser una herramienta para la conservación de la biodiversidad", argumentó Bestard, quien agregó que esta orden de vedas "marca un antes y un después".

"Por primera vez ponemos en valor a los cazadores y su contribución en la preservación ambiental. Era de justicia escucharles. La caza ha existido siempre, desde momentos inmemorables y es una actividad que contribuye al equilibrio natural, la biodiversidad, el bienestar animal y el desarrollo rural”, sostuvo el conseller.

Especies cinegéticas

La Orden de Vedas para la temporada 2024-2025 establece que el conejo se podrá cazar con escopeta, arco, o aves de cetrería, sin perros ni elementos auxiliares a partir del domingo 23 de junio. Desde el día 25 de junio se podrá cazar con la modalidad tradicional de podencos ibicencos. La caza del conejo estará permitida hasta día 1 de diciembre y será prorrogable hasta 29 de diciembre con la autorización del titular del coto.

En lo que respecta a la caza de la liebre con las modalidades de cetrería y galgos, estará permitida igual que en el año anterior. En esta temporada se permitirá la caza de liebres con escopeta únicamente durante los días 18 y 25 de agosto, con una captura máxima de una liebre por cazador y día. Además, en caso de que cualquier raza de perro de caza capture una liebre accidentalmente se permitirá que el cazador pueda llevársela consigo. 

En este sentido, el director insular de caza Sebastià Perelló explicó: “Es una lástima que, si un perro captura accidentalmente una liebre, el cazador la tenga que desechar, ya que esto va en contra de la filosofía de cualquier cazador”.

Caza de la tórtola

La resolución insular mantiene la moratoria de caza de la tórtola europea una temporada más, y se vedan dos especies de pato: el ánade rabudo y el porrón moñudo, a causa de la regresión de estas poblaciones tanto a nivel europeo como a nivel local. 

Además, este año no se permitirá la caza de tórtola turca, "puesto que no es considerada especie cinegética en España por razones administrativas y a la espera de la inclusión de esta especie que genera daños en los anexos correspondientes de la normativa europea", según informó la institución insular, en una nota de prensa.

Mientras, la temporada de caza de la paloma se iniciará el día 1 de septiembre, coincidiendo con el primer día de caza en régimen general permitido por la Comisión Europea para esta especie.

Se establecen tres fechas de finalización de temporada: el 26 de enero para todas las especies cinegéticas de patos, agachadiza, focha, perdiz (excepto la modalidad de perdiz con reclamo), faisán, zorzal real y el zorzal charlo; el 9 de febrero para el zorzal común, zorzal alirojo, estornino, becada, paloma y paloma torcaz; y finalmente para las modalidades tradicionales de caza de perdiz con reclamo y de zorzal con cuello, el 10 de febrero.

Caza mayor

Por otro lado, la orden de vedas regula también todo lo referente a la caza mayor. Así, la cabra salvaje mallorquina (Balearean Goat/Boc) se podrá capturar sólo en los cotos de caza mayor que tengan el certificado de calidad de caza mayor, mientras que la cabra asilvestrada conocida como 'borda', en todo el territorio de Mallorca donde hay poblaciones asilvestradas.