Pollença da un plazo de 10 días al Hotel Formentor para desalojar el aparcamiento

Un auto judicial desestima la petición de la propiedad de adopción de medidas cautelares para dejar sin efecto un decreto de alcaldía que revocaba la licencia de apertura del equipamiento

Una imagen de la entrada del aparcamiento grande de Formentor.

Una imagen de la entrada del aparcamiento grande de Formentor. / DM

Joan Frau

Joan Frau

El alcalde de Pollença, el socialista Martí March, firmó el pasado martes una resolución mediante la que otorga un plazo de diez días a la entidad Inmobiliaria Formentor S.A. para desalojar el aparcamiento grande ubicado junto a la playa de Formentor. El motivo es el auto emitido por el juzgado de lo contencioso-administrativo número 1 de Palma el pasado 17 de abril en el que se desestima la petición de la citada empresa, propietaria de los terrenos donde se ubica el Hotel Formentor, de que el juzgado adoptase medidas cautelares para dejar sin efecto el decreto de alcaldía del 23 de diciembre de 2022 que revocaba la licencia de apertura y funcionamiento para la actividad de aparcamiento. 

La resolución de alcaldía se basa en un informe elaborado por los servicios jurídicos del Ayuntamiento un día después de la emisión del citado auto judicial. El dictamen municipal concluye que, a raíz de la interlocutoria del juzgado, el decreto de alcaldía de diciembre de 2022 de revocación de la licencia del aparcamiento recupera su vigencia y, en consecuencia, «no hay impedimento alguno para que el Ayuntamiento ejecute el punto tercero» del citado decreto, que notificaba a la entidad Inmobiliaria Formentor S.A. el desalojo de los terrenos del área de aparcamiento en un plazo máximo de diez días para «ponerlos a disposición» del Ayuntamiento.

Por ello, la resolución del alcalde March levanta la suspensión de la ejecución del tercer punto del anterior decreto y otorga el mismo plazo de diez días a la propiedad para que entregue los terrenos al Ayuntamiento. En caso contrario, el decreto de alcaldía advierte de la imposición de multas coercitivas. La resolución «no es susceptible de recurso», por lo que se considera firme.

El auto judicial que ha motivado el decreto del alcalde March es una pieza separada del recurso contencioso-administrativo presentado por Inmobiliaria Formentor S.A. contra la revocación de la licencia de apertura del aparcamiento. La empresa había solicitado medidas cautelares que dejasen en suspenso la aplicación del decreto de alcaldía de diciembre de 2022 con el argumento del «perjuicio económico» que le podría provocar la medida y del «despido de cuatro trabajadores» como una de las consecuencias. No obstante, la juez determina que en este caso «no se trata del perjuicio irrogado a la actora sino a terceros» y, respecto al perjuicio económico alegado por la propiedad, «no se acredita que la falta de explotación de la actividad de aparcamiento haya de suponer el fin de la persona jurídica recurrente por imposibilidad de asumir sus obligaciones económicas». La resolución judicial, que no impone costas a ninguna de las partes, puede ser objeto de un recurso de apelación.

Es la segunda vez que el juzgado rechaza la adopción de medidas cautelares reclamada por la propiedad del Hotel Formentor. El 30 de noviembre de 2022 desestimó la suspensión temporal de la cesión solicitada por la propiedad en el recurso contencioso-administrativo que había presentado contra el decreto de alcaldía del consistorio ‘pollencí’ del 2 de junio de 2021 por el que se cedió de forma obligatoria a la institución municipal la finca registral donde se ubica el aparcamiento de Formentor como una de las contraprestaciones para la obtención de la licencia de reforma del emblemático hotel.