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El TSJB rechaza que Campos indemnice al promotor de las casas de ses Covetes

Los jueces interpretan que la demanda se presentó tarde, por lo que se desestima

Los edificios de ses Covetes fueron derribados tras anularse la licencia de obras. |

El ayuntamiento de Campos no tendrá que abonar los más de once millones de euros que solicitaba la empresa que impulsó la construcción de 68 apartamentos junto a la playa de es Trenc, en ses Covetes, un proyecto que fue declarado ilegal. El TSJB ha dictado una última sentencia en la que rechaza la indemnización que reclamaba esta empresa, que inició esta construcción contando con una licencia de obras que fue aprobada por el propio ayuntamiento de Campos, que interpretó que los terrenos eran urbanos y, por lo tanto, se podía construir. La empresa promotora, que está en quiebra, ampliaba la reclamación económica al Consell de Mallorca e incluso a Demarcación de Costas. La demanda la presentaron los administradores judiciales de esta empresa en quiebra, que pretendían rascar algo de dinero para cubrir las pérdidas. Esta promotora fue creada por unos empresarios alemanes. Sin embargo, tras su quiebra fue adquirida por unos empresarios de la isla, que la compraron cuando los tribunales habían establecido la ilegalidad de la licencia, con la intención de obtener una recompensa económica por los perjuicios sufridos. La polémica construcción ya no existe, puesto que tuvo que ser demolida por orden de los tribunales, a pesar de la propia oposición del ayuntamiento de Campos, que ha venido defendido durante años la legalidad de la licencia.

El conflicto por este controvertido proyecto urbanístico se ha prolongado casi tres décadas por los tribunales. La última sentencia es reciente. Los magistrados del Tribunal Superior rechazan la indemnización porque interpretan que la reclamación se presentó fuera de plazo y, por tanto, no se podía aceptar. Esta prescripción ha evitado que el tribunal haya tenido que entrar en el fondo de la demanda.

La licencia de obras fue aprobada por el consistorio municipal en el año 1992. Basándose en las normas subsidiarias se interpretó que el terreno era urbanizable, de allí que se aprobara el proyecto, que consistía en construir 13 bloques con capacidad para 67 viviendas, más una piscina y un restaurante. Las obras se iniciaron y los obreros levantaron los esqueletos de todos los edificios, que se situaban a los pies de una de las playas más concurridas de Mallorca, como era es Trenc.

La actuación de los partidos de la oposición municipal, junto al GOB, evitó uno de los atentados contra el paisaje más graves aprobados en Mallorca. Se consiguió paralizar las obras y después se logró el éxito más importante: se declaró que la licencia era ilegal. El proyecto contradecía la ley de costas, que había entrado en vigor tres años antes de la aprobación de la licencia municipal.

El coste de la demolición de las obras, que permanecieron abandonadas más de dos décadas, corrió a cargo de los fondos públicos. Se cumplió la orden de los tribunales, que establecieron que el terreno debía quedar exactamente igual que antes de que se iniciaran las obras. La reclamación económica que ha sido rechazada por los tribunales, en esta penúltima sentencia sobre la polémica de las casas de ses Covetes, era mucho más elevada que el presupuesto de toda la obra, que se estableció en algo más de dos millones y medio de euros. Los empresarios pueden aún recurrir ante el Supremo.

La ley de costas evitó el atentado ecológico

Era difícil de entender que un Ayuntamiento hubiera autorizado la construcción de un macro proyecto a los pies de una de las pocas playas protegidas de Mallorca. El consistorio de Campos se basaba en que el plan general de ordenación del año 1974, estableció que esta finca, denominada Torre Marina, se consideraba como suelo de reserva urbana. Es decir, no existía ningún impedimento para rechazar el proyecto de construcción de estos 67 apartamentos, que iban a disfrutar de una de las vistas más privilegiadas de Mallorca. Sin embargo, esta norma municipal contradecía la ley de costas, que establecía que la servidumbre de protección marítima era de cien metros, una distancia que no respetaba el proyecto. El ayuntamiento de Campos ha tenido que gastar miles de euros en abogados para defender su licencia, aunque sin conseguir nada.

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