La Dirección General de Tráfico (DGT) sacó una nueva Ley de Tráfico y Seguridad Vial que entró en vigor el pasado 21 de marzo. Desde la página web, informaron que se trata de "una nueva reforma que mejorará la eficacia del sistema y la convivencia entre todos".
La nueva normativa añadió penalizaciones a los conductores de turismos con respecto al uso del móvil, modifican los adelantamientos y refuerzan el uso del cinturón de seguridad, entre otros. Además de normas para proteger a los ciclistas y se reduce la tasa de alcohol permitida en 0,0 para patinetes eléctricos y bicicletas.
Consulta todas las normas que han entrado en vigor:
Seguridad y conducción
- En las carreteras convencionales, los conductores de turismos y motocicletas ya no podrán superar en 20 km/h la velocidad máxima para adelantar.
- No hacer uso del cinturón de seguridad, sistemas de retención infantil y demás elementos de protección o hacerlo de forma incorrecta, supondrá perder 4 puntos del carnet.
- Si conduces con un dispositivo móvil en la mano, perderás 6 puntos.
- Tirar objetos que puedan producir incendios o accidentes a la vía o sus inmediaciones, supone la pérdida de 6 puntos del carnet.
- Para adelantar a una bicicleta o a un ciclomotor habrá que hacerlo ocupando completamente el carril contiguo en vías de dos o más carriles por sentido. En vías de un solo carril, se tendrá que mantener la separación mínima lateral de 1,5 metros o se perderán 6 puntos.
- Ahora, los peatones tienen preferencia de paso sobre los vehículos en los pasos para peatones, aceras y zonas peatonales.
Normas, señales y autoridad
- Es obligatorio respetar las restricciones de circulación que responden a los protocolos activos ante episodios de contaminación y de Zonas de Baja Emisión (ZBE).
- Está prohibido parar o estacionar el vehículo en el carril bici o en vías ciclistas.
Sistema de vigilancia y control
- Llevar inhibidores de radares o cinemómetros en los vehículos está prohibido, estén o no conectados. Tenerlos en el coche supondrá perder 3 puntos del carnet.
Permiso de conducir y saldo de puntos
- Independientemente de las infracciones realizadas, el plazo para recuperar el saldo inicial de puntos es de dos años si no se cometen infracciones que conlleven la pérdida de puntos.
- Ya no es necesario llevar el permiso de conducir físico, ya que se puede acreditar a través de la App 'miDGT'.
- Al presentarte a una prueba para la obtención o recuperación del permiso de conducir u otro trámite administrativo para conducir, no se pueden utilizar dispositivos de intercomunicación no autorizados reglamentariamente. En el caso de hacerlo, habrá una penalización de seis meses para llevar a cabo el trámite.
Conductores de ciclomotores
- Se permite el uso de disipativos inalámbricos certificados u homologados en el casco de protección para fines de comunicación o navegación.
- No hacer uso del casco o llevarlo de forma incorrecta supondrá perder 4 puntos del carnet.
Patinetes eléctricos
- Está prohibido circular por autopistas y autovías.
- Siendo menor de edad, la tasa de alcohol permitida es 0,0.
Ciclistas
- Siendo menor de edad, la tasa de alcohol permitida es 0,0.