El juez rechaza que el obispo declare en la demanda por la desocupación de Betlem
Un familiar del antiguo dueño de la finca, que fue cedida en 1805 a los ermitaños, reclama la devolución de los terrenos de la ermita
El juez del juzgado de primera instancia de Manacor rechazó la declaración del obispo de Mallorca, Sebastià Taltavull, como testigo en un juicio en el proceso judicial donde se discute la propiedad de la ermita de Betlem. Esta demanda la ha instado un descendiente de la persona que hace más de 200 años cedió a los ermitaños de San Honorato de Randa los terrenos donde se construyó la ermita de Betlem. Este templo religioso fue abandonado por los monjes hace ahora quince años. Los religiosos eran muy ancianos y no se veían en condiciones de seguir encargándose de la ermita. Por ello, decidieron marcharse a Valldemossa. En el año 2010, fecha en la que se marcharon, decidieron entregar, en escritura pública, la propiedad del templo al Obispado de Mallorca.
Estos terrenos fueron cedidos en 1805 a la congregación religiosa por el entonces propietario de la posesión de Betlem, Jaume Morey Andreu de Sant Martí, que entregó dos cuarteradas de la finca, con la condición de que se construyera una ermita. Sin embargo, impuso una condición en esta donación. Estableció que en el momento que se marcharan los monjes del templo, los terrenos deberían ser devueltos, o bien a él, o a sus descendientes. Un descendiente de este propietario insta ahora a que la Iglesia devuelva dichos terrenos a los herederos.
En este primer juicio se solicita que el Obispado desocupe esta finca. El abogado de la Iglesia se opuso a la declaración de Taltavull, tal como pedía el demandante, porque el prelado llegó destinado a Mallorca en el año 2016 y no intervino en la negociación con los ermitaños.
El obispo estaba en Roma
Además, el jueves Taltavull se encontraba en Roma, acompañando a los integrantes del equipo Palma Futbal, que fueron recibidos por el Papa Francisco. El juez, finalmente, rechazó la declaración de Taltavull.
La Iglesia de Mallorca se opone a devolver estos terrenos. Apela a un artículo del Código Civil que establece que solo tienen derecho a reclamar los terrenos cedidos los hijos y los nietos del antiguo propietario. Por tanto, se sostiene que el reclamante no tendría esta condición. Es decir, no sería ni hijo, ni tampoco nieto, de Jaume Morey Andreu de Sant Martí.
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