Las nuevas piscinas en suelo rústico no podrán superar en Baleares los 35 metros cuadrados

Solo se permite a partir de ahora una pileta por finca y, además de su superficie máxima, que incluye el espejo y las instalaciones, no podrá sobrepasar los 60 metros cúbicos de agua

Las nuevas piscinas que se construyan en suelo rústico a partir de ahora no podrán superar los 35 metros cuadrados, entre lámina de agua e instalaciones, ni tampoco contener un volumen de agua que supere los 60 metros cúbicos. Además, en todos los casos solo se podrá construir una piscina por finca.

Se trata de una de las medidas más llamativas del Decreto Ley 10/2022, de 27 de diciembre, de medidas urgentes en materia urbanística, que hoy ha aprobado el Consell de Govern.

El Ejecutivo ha aprobado hoy un frenazo al crecimiento urbanístico de mucho calado en todo el territorio de Balears. Tal y como avanzó este periódico el pasado 22 de octubre, los ayuntamientos no podrán autorizar nuevas urbanizaciones si cuentan con suelo urbano sin construir. 

Se pretende, con esta medida evitar crecimientos expansivos de grandes chaletés cuando en los cascos urbanos hay solares sin construir o edificios sin rehabilitar. También se limitan las piscinas en suelo rústico y se protegen como Areas Naturales de Especial Interés ANEI en es Trenc, el barraco de Xorrigo, algunas zonas de la Serra de Tramuntana y Cala Jornal en Eivissa. El decreto ley que incluye estas medidas deberá ser validado por el Parlament.