­El juez Castro no aplicará la doctrina Botín en el caso Nóos y permitirá a la acusación popular Manos Limpias sentar en el banquillo a la infanta Cristina por dos presuntos delitos contra la Hacienda Pública. El magistrado comparte las tesis de la Audiencia de Palma, dado que Hacienda y fiscalía admiten la existencia de delitos fiscales en el caso y no son quiénes para determinar los responsables de esas defraudaciones.

Castro dictará dentro de unos días el auto de apertura de juicio oral, una resolución que, en principio, no se puede recurrir y donde se establecerá el listado definitivo de las personas que serán juzgadas por la Audiencia.

El número de imputados es de veinte, encabezados por los duques de Palma y el expresident del Govern Jaume Matas. Todo parece indicar que Manos Limpias formulará acusación contra los veinte.

No pasará igual con el fiscal anticorrupción Pedro Horrach y la jefa de la abogacía del Estado en Balears, Dolores Ripoll, que no van acusar a doña Cristina.

Ni fiscalía ni Abogacía del Estado podrán, en sus escritos de calificación, hacer alegaciones en favor de la inocencia de doña Cristina, como sí hicieron en sus recursos ante la Audiencia. Otro aspecto vedado a las acusaciones públicas será cuestionar la legitimidad de Manos Limpias para pedir la condena de la Infanta.

Ninguna otra acusación (Partido Popular, ediles socialistas del Ayuntamiento de Valencia, Generalitat de Valencia y Govern balear) incluirá en su escrito a la duquesa de Palma.

Castro lo analizará

Virginia López Negrete, letrada de Manos Limpias, sí reclamará la condena de la hermana del rey Felipe VI, lo que obligará a Castro a pronunciarse en su auto de apertura oral sobre su capacidad, en virtud de la doctrina Botín, para mantener esa acusación.

La doctrina que lleva el nombre del fallecido banquero fue acuñada por el Tribunal Supremo en 2007. Emilio Botín se libró de un juicio en el caso cesiones de crédito, dado que la única parte que lo imputaba era una acusación popular.

En síntesis esta jurisprudencia limita las facultades de las acusaciones populares cuando, en determinados delitos, los directamente perjudicados y la fiscalía no acusan. Trasladado al caso Nóos: si Hacienda (Abogacía del Estado) y fiscalía no acusan a la Infanta por delitos fiscales, Manos Limpias, u otra acusación popular, no estarían legitimadas para sentarla en el banquillo.

La doctrina Botín restringe los usos exagerados de las acusaciones populares, cuando las víctimas o directamente perjudicados (en este caso Hacienda) no piden la condena.

La Audiencia, en su auto del pasado viernes, señala que el supuesto de doña Cristina no es igual al de Emilio Botín: Hacienda y ministerio fiscal van a acusar por delito fiscal, aunque no lo atribuyen a la Infanta.

Castro piensa que, existiendo una acusación por delito fiscal, ni la Abogacía del Estado, ni Anticorrupción son quienes para establecer los culpables de esa irregularidad. En dos palabras: las dos acusaciones no pueden “dictar sentencia”, algo que corresponde a la Audiencia.

Censura a las acusaciones

Precisamente, el auto de anteayer censura a ambas partes por atribuir únicamente a Iñaki Urdangarin y Diego Torres la autoría de los delitos fiscales.

Es sorprendente “que el ministerio fiscal y la Abogacía del Estado se muestren ambos de acuerdo en que existió delito fiscal y, en cambio, contrariamente a la opinión judicial (la del juez Castro) entiendan que la deuda tributaria resultante, junto con los intereses y recargos que correspondan, ha de ser satisfecha por un solo deudor, Urdangarin o Diego Torres, según el caso”, afirman los magistrados.

El siguiente párrafo es clarificador sobre la postura de la sala (compartida por el instructor Castro): “Lo razonable sería que esta cuestión (la determinación de los defraudadores) se decidiera contradictoriamente en un juicio oral y, por tanto, con sometimiento a los principios de audiencia, inmediación, contradicción y publicidad”.

Castro abrirá así juicio oral contra la Infanta, por lo que a sus abogados solo les quedará, como último cartucho, plantear la aplicación de la doctrina Botín el primer día de la vista y como cuestión previa. Doña Cristina se tendrá que sentar en el banquillo, al menos una jornada y dentro de muchos meses, y el tribunal juzgador deberá decidir si Manos Limpias puede o no puede ejercer la acusación en solitario.