Llega en 2024 la medida que los trabajadores pedían cambiar a gritos desde hace años
La nueva modificación afectará a los contratos de las empresas con sus empleados
El Consejo de Ministros, a partir de la sugerencia del Ministerio de Empleo y Economía Social, ha validado el borrador de ley destinado a incorporar la directiva europea sobre condiciones laborales claras y predecibles. Esta directiva, entre otras disposiciones, prohíbe la extensión del periodo de prueba de un empleado mediante convenios colectivos.
El periodo de prueba es un lapso al inicio de un contrato laboral durante el cual tanto el empleador como el empleado pueden evaluar si la relación laboral es adecuada. Durante este tiempo, ambas partes pueden terminar el contrato sin necesidad de justificación ni compensación adicional más allá de lo establecido por la ley o el contrato.
El periodo de prueba permite a los empleadores evaluar las habilidades, la adaptación y la idoneidad del empleado para el puesto de trabajo. Del mismo modo, proporciona al empleado la oportunidad de evaluar el ambiente laboral, las responsabilidades y si el empleo cumple con sus expectativas.
La duración del periodo de prueba puede variar según la legislación laboral de cada país, el tipo de contrato y las disposiciones acordadas entre las partes o establecidas en los convenios colectivos.
Esta es la nueva regulación sobre el periodo de prueba
La regulación establece un tope de seis meses para el periodo de prueba de técnicos titulados y de dos meses para los demás trabajadores. En el caso de contratos temporales o de duración específica que abarquen seis meses o más, el periodo de prueba no podrá exceder un mes. Para contratos de menor duración, el periodo de prueba se ajustará proporcionalmente.
La ministra Yolanda Díaz enfatizó que los convenios colectivos no podrán prolongar estos periodos de prueba más allá de lo estipulado por la normativa.
Otras medidas aprobadas
Revalorización de las pensiones conforme al IPC
El Gobierno ha aprobado la revalorización, conforme al Índice de Precios al Consumo, de 11,8 millones de pensiones y prestaciones en 2024. La subida será del 3,8% con carácter general para las pensiones del sistema de Seguridad Social y de Clases pasivas del Estado. Las pensiones mínimas, no contributivas y el ingreso mínimo vital subirán un 6,9%, y las de viudedad con cargas familiares un 14,1%.
Rebajas fiscales en alimentos y energía
El jefe del Ejecutivo ha destacado que los alimentos básicos, como el pan, el queso o los huevos mantendrán un IVA al 0%. Las pastas y los aceites de oliva y semillas seguirán con el IVA reducido del 5%. Esta rebaja impositiva, vigente durante el año 2023, se extenderá hasta el 30 de junio de 2024.
El Consejo de Ministros ha trasladado que también se van a prorrogar durante seis meses dos medidas de apoyo a la competitividad del tejido empresarial: la reducción del 80% de los peajes eléctricos para la industria intensiva y la flexibilidad en el cambio de contratos de suministro eléctrico.
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