Novedades en 2024: la nueva carta del Banco de España que llegará a tu casa
La información que se explica en el documento será enviada obligatoriamente para la protección de datos del cliente
El Banco de España advierte que durante este mes, todas las personas que tengan una cuenta bancaria recibirán una comunicación por parte de sus entidades financieras en los próximos días. Por lo tanto, es importante estar pendientes tanto del correo postal como del electrónico para conocer el contenido de este mensaje.
Según indican desde este ente estatal a través de su portal web, el documento que recibirán es un resumen anual de los servicios abonados que las entidades están obligadas a proporcionar a sus clientes. "Cada año, en enero, tu banco debe enviarte un resumen de tus cuentas y otros productos financieros contratados", explican.
Esta obligación es parte de las normativas establecidas por la Orden EHA/2899/2011, de 28 de octubre, sobre transparencia y protección al cliente de servicios bancarios, que requiere a todos los bancos y cajas de ahorro en España informar a sus clientes sobre comisiones, gastos devengados y tipos de interés aplicados en el año anterior.
Esta es la nueva carta que tendrán los españoles
- En el primer documento se detallarán los servicios bancarios contratados, las comisiones o intereses correspondientes, así como los gastos asociados a los servicios y la situación de los préstamos y créditos en vigor.
- El segundo documento contendrá detalles sobre las cuentas contratadas, incluyendo el estado de las comisiones, los tipos de interés y los intereses devengados durante el año anterior.
El Banco de España recomienda revisar la bandeja de entrada en la página web o la aplicación móvil de la entidad bancaria correspondiente para acceder al resumen anual.
Otras documentaciones que te llegarán por carta
Otra práctica muy común en España es realizar los pagos de facturas a través de domiciliación bancaria que solicita el requerimiento del usuario a la diferente entidad financiera. Esto ocurre, sobre todo, con el pago de algunos suministros básicos del hogar como la luz y el agua.
Ahora bien, realizar esta acción puede suponer unas graves consecuencias para el usuario, ya que en caso de no explicar bien los motivos a las entidades, existe un riesgo que las compañías de luz, agua o telefonía consideren que se renuncia a los servicios y decidan cortar el suministro.
Para evitar que se produzcan consecuencias de la devolución del recibo, el Banco de España recuerda que se indique claramente la causa de devolución. "La normativa de servicios de pago contempla el derecho del cliente a ordenar la devolución de los recibos o adeudos domiciliados que la entidad tiene que atender", explican desde la entidad pública.
Las consecuencias de una devolución
- Tener la posibilidad de poder devolver estos recibos no exime al pagador de enfrentarse a posibles consecuencias negativas. Por ese motivo, es importante la asignación de la clave específica en el momento de la devolución. Si no se lleva a cabo de la manera adecuada, puede surgir los siguientes problemas:
- Anulación del servicio: si devuelves el recibo por error o porque necesitas en ese momento liquidez en tu cuenta bancaria, informa debidamente a la compañía para que tenga constancia. De otro modo, esta podría creer que se trata de una anulación y podrías perder las condiciones vigentes.
- Recargos de recibos y pérdidas de subvenciones o bonificaciones: estas penalizaciones pueden darse si se devuelven recibos emitidos por organismos públicos como la Seguridad Social o la Agencia Tributaria. En ese caso, estos organismos pueden penalizarte con recargos o quitando tu derecho a ciertas subvenciones o bonificaciones.
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