Aviso del Banco de España a los españoles con los recibos domiciliados de luz y agua
La entidad recuerda a los españoles sus derechos frente a las grandes compañías
En España, es común pagar facturas mediante domiciliación bancaria, solicitando a la entidad financiera que realice el cobro. Esta práctica se aplica especialmente a suministros básicos como luz y agua. El Banco de España destaca el derecho de los ciudadanos a devolver estos recibos puntualmente si así lo desean.
No obstante, es importante tener en cuenta que esta acción puede acarrear consecuencias graves para el usuario. Si no se explican adecuadamente los motivos a las entidades, estas podrían interpretar que se renuncia a los servicios y proceder a cortar el suministro. Por otro lado, devolver una factura a un organismo público puede resultar en la pérdida de alguna subvención o en la aplicación de recargos.
El Banco de España establece dos requisitos para solicitar la devolución de un recibo previamente autorizado: primero, que el usuario no tenga información sobre el cargo realizado; segundo, que después de varios pagos superiores a lo habitual no se haya recibido ningún recibo.
Para evitar posibles consecuencias, se recomienda especificar claramente la causa de la devolución. El derecho del cliente a ordenar la devolución de recibos o adeudos domiciliados está contemplado en la normativa de servicios de pago, según explica el Banco de España.
De acuerdo con la normativa, los plazos para la devolución de recibos por parte de los usuarios varían entre ocho semanas y trece meses, dependiendo de si los cargos contaban con autorización previa. Además, si el cargo no estaba autorizado, el banco dispone de 10 días hábiles para devolver el importe o justificar el recibo.
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