Directiva sobre energía renovable

La Eurocámara acuerda limitar a dos años el tiempo para obtener permisos para instalaciones renovables

Los retrasos en la tramitación de permisos para la instalación de parques solares fotovoltaicos y eólicos es uno de los grandes palos en la rueda para el despliegue renovable en el continente

Sesión de la Eurocámara en Estrasburgo.

Sesión de la Eurocámara en Estrasburgo. / EFE

Sara Ledo

La Unión Europea está decidida a acelerar la tramitación renovable en el continente. El pleno del Parlamento Europeo ha acordado este martes que las autoridades nacionales no tarden más de dos años en aprobar nuevas instalaciones de energía renovable, dentro de la actualización de la Directiva sobre fuentes de energía renovable. El texto, acordado entre los eurodiputados y el Consejo, ha sido aprobado este martes por la Eurocámara por 470 votos a favor, 120 en contra y 40 abstenciones y deberá ser ahora refrendado formalmente por el Consejo para su entrada en vigor.

Los retrasos en la tramitación de permisos para la instalación de parques solares fotovoltaicos y eólicos es uno de los grandes palos en la rueda para el despliegue renovable en el continente. En el caso de España, obtener una autorización supone una media de cuatro años debido a un proceso burocrático complejo que en muchos casos ha llegado a desbordar a las administraciones y ha provocado el colapso en algunas regiones.

Un ejemplo es el caso de Cataluña, donde muchos promotores e inversores han dado la espalda a estos proyectos por la lentitud burocrática. Según el Observatorio de las Energías Renovables de Cataluña, los retrasos en la tramitación, "derivados de la insuficiencia de medios y de soluciones alternativas, dificultan alcanzar los objetivos de transición verde y "favorecen el desistimiento de los promotores". Según este organismo, desde la aprobación del decreto de 2019 que, en principio, perseguía agilizar trámites y la posterior modificación que preveía restringír la implantación de las renovables, hay 172 grandes proyectos presentados y pendientes de que se inicie su tramitación.

En la revisión de la Directiva aprobada por el pleno del Parlamento Europeo se establece que las autoridades nacionales "no deben tardar más de doce meses en aprobar nuevas instalaciones de energía renovable si están situadas en unas 'zonas propicias para las renovables'", mientras que si la instalación está fuera de estas zonas "el proceso de debe rebasar los veinticuatro meses". Los Estados miembros podrán ampliar estos plazos por un período de seis meses como máximo si está debidamente justificado por "circunstancias extraordinarias".

Además, en el caso de repotenciación o de pequeñas instalaciones de menos de 150 kw en zonas prioritarias el procedimiento no deberá ser superior a seis meses, ampliables a otros tres en caso excepcional; mientras que para instalaciones eólicas marinas el plazo será de doce meses, ampliable en seis.

En España hay alrededor del 20% del territorio con una baja sensibilidad ambiental y, por tanto, adecuado para instalaciones eólicas y un 35% para fotovoltaica, según el mapa de zonificación desarrollado por el Ministerio para la Transición Ecológica, que sitúa aquellas zonas que presentan mejores condiciones para la implantación de proyectos eólicos y fotovoltaicos a fin de orientar a los promotores en la elección de las ubicaciones. Además, hay unos 250 kilómetros cuadrados disponibles para energía eólica marina.

La actualización de la legislación europea también incluye el mandato a las autoridades nacionales para designar a "uno o varios puntos de contacto" que orienten en el procedimiento administrativo al solicitante, a quien no se le exigirá contactar con más de un punto de contacto en todo el trámite, y permitirá presentar los documentos pertinentes en formato electrónico. Además, a más tardar dos años después de la entrada en vigor de esta Directiva cada Estado deberá garantizar que todos los procedimientos de concesión de autorizaciones se lleven a cabo de forma 'online'.

Cuota del 45% en el consumo final

Más allá de acelerar la instalación renovable, la actualización de esta Directiva eleva la cuota de energías renovables en el consumo final de energía de la UE al 42,5% para 2030, aunque los Estados miembros deben esforzarse por alcanzar el 45%. En el caso de España, el nuevo borrador del Plan Nacional Integrado de Energía y Clima (PNIEC), en revisión hasta junio de 2024, sube el objetivo de consumo final de energía renovable al 48% para 2030.

En el sector del transporte, los Estados miembros podrán elegir entre un objetivo vinculante de reducción del 14,5% de la intensidad de gases de efecto invernadero mediante el uso de energías renovables de aquí a 2030 o una cuota vinculante de al menos un 29% de energías renovables dentro del consumo de energía final en el sector del transporte de aquí a 2030. Además, también se dispone que la industria aumentará anualmente su uso de energías renovables en un 1,6% y que el hidrógeno utilizado en la industria debe proceder de combustibles renovables de origen no biológico en una proporción del 42% para 2030 y del 60% para 2035.

El acuerdo provisional fija también un objetivo indicativo para los edificios en 2030 cuando las energías renovables deberán representar una proporción mínima del 49% y establece un aumento gradual de los objetivos en materia de energías renovables para la calefacción y la refrigeración, con un aumento vinculante del 0,8% anual a escala nacional hasta 2026 y del 1,1% de 2026 a 2030.