­El Ayuntamiento es la administración más próxima al ciudadano y como tal la que recibe directamente sus reclamaciones. Es también el responsable del mantenimiento de los entornos urbanos poblacionales y por ello se le ha venido haciendo responsables de muchos accidentes durante los últimos años.

Sin embargo, el aluvión de reclamaciones patrimoniales que reciben los ayuntamientos casi a diario, especialmente los de poblaciones grandes como Inca, está encontrando en estos momentos una nueva sensibilidad por parte de los jueces. Felip Jerez, responsable del área de Mantenimiento de Inca, apunta que "se han producido varias sentencias recientemente en la que los jueces exculpan al Ayuntamiento a pesar de que reconocen que había un elemento urbano en mal estado".

Básicamente se suele reclamar a los Ayuntamientos por dos tipos de accidentes en la vía pública. Cuando la reclamación se refiere a vehículos suele ser mucho más fácil de probar y generalmente son los mismos ayuntamientos quien voluntariamente las aceptan.

Cuando se trata de la caída de un peatón en una zona urbana es cuando, hasta ahora, los Ayuntamientos se veían más perjudicados por las sentencias pues los jueces se rigen por un criterio objetivo. Éste se basa en que el Ayuntamiento debe tener en buen estado los elementos urbanos.

Diligencia del peatón

Sin embargo, los jueces valoran también ahora en cada caso la posibilidad que tiene el peatón de evitar el accidente. Un ejemplo evidente se da en una de las sentencias del Ayuntamiento de Inca donde la jueza Sara Oliver Zamora indica con claridad al peatón que "debió poner una mayor diligencia, cerciorándose del estado de la calle".

En el mismo sentido la magistrada Maria José Valero i Vicent, basándose en sentencias de otros tribunales, indica que "con carácter general una caída derivada de un tropiezo en un obstáculo de dimensiones insignificantes o visibles entraña un daño no jurídico, que debe soportar el administrado desde el mismo momento en que participa del servicio público de aceras y calzada, y ello porque no se puede pretender que la totalidad de aceras o calzadas se encuentren absolutamente perfectas en su estado de conservación y rasante hasta extremos insoportables".

Varios jueces señalan además que "no cualquier hecho cotidiano puede suponer responsabilidad de la administración, pues se convertiría en aseguradora universal, lo cual excede el deber de conservación de las vías públicas".

El alcalde

Rafel Torres, alcalde de Inca, asegura que "es un alivio porque los Ayuntamientos estamos soportando a diario un montón de reclamaciones. Hace unos años muchas de ellas eran estimadas y los Ayuntamientos tenían que pagar. Yo creo que la justicia ha visto al final que había mucha pillería y que se nos denunciaba ya por cualquier pequeño incidente". El alcalde refiere un caso de los que se han fallado a favor del municipio. En ese caso el juez estima que efectivamente el administrado sufrió daños al caer cruzando la Avenida de Colón. Pero desestima la petición porque existía "un paso de peatones a escasos 20 metros, lugar idóneo para cruzar la calzada, por lo que el peatón podía haber elegido otro lugar".