La Agència Tributària de les Illes Balears (ATIB) funciona a tope y las cifras de recaudación y embargos cantan por sí mismas. De los 53 municipios de Mallorca, todos han firmado convenio con la ATIB excepto Calvià, Sóller, Campos, Artà y Algaida. En Manacor, desde mediados de 2009 el Ayuntamiento mantiene estrecha y colaboradora relación con la ATIB por la delegación de la gestión y recaudación de determinados tributos. Tanto es así que sorprenden los números actuales y los vecinos también reconocen el notable cambio vivido en los dos últimos ejercicios. Hasta la fecha, en el municipio de Manacor se han tramitado 18.865 expedientes en vía ejecutiva de los que han resultado un total aproximado de 55.000 diligencias de embargo. Respecto a actuaciones de embargo que afectan a cuentas corrientes se han tramitado más de 5.000 expedientes. Al margen del embargo de dinero depositado en cuentas bancarias, también se ha efectuado el embargo de otros bienes o derechos. Por ejemplo, se han tramitado 65 expedientes de embargo de inmuebles, más de 700 expedientes de embargo de sueldos o salarios y se ha solicitado la captura, precinto y depósito de más de 1.300 vehículos.

Maria Antònia Truyols, directora de la ATIB, hace una valoración "positiva" del servicio llevado a cabo en Manacor. "Es cierto que el Ayuntamiento tenía un pendiente de cobro muy elevado y el delegar la recaudación a un organismo como la ATIB ha supuesto el poder disfrutar de una serie de sinergias que serían inviables si la gestión recaudatoria fuera llevada a cabo sólo por el ente municipal".

La ATIB percibe un porcentaje por la gestión y recaudación de tributos de las entidades locales que hayan delegado esa competencia. El porcentaje varía en función del convenio que se firme entre Ayuntamiento y ATIB. "Con carácter general, este porcentaje es del 3%. En cualquier caso, al Ayuntamiento le sale a cuenta delegar esas competencias ya que revierte en un incremento notable en la recaudación", señala Truyols. En esta línea, la ATIB ha desarrollado en muchos casos una depuración de bases de datos tributaria necesaria para después poder cobrar al titular y evitar incidencias como las que se producían en Manacor, por ejemplo cobrar al que ya no es titular o notificar en el domicilio que no corresponde. Es decir, la ATIB cuenta con medios humanos y tecnológicos que permiten gestionar y recaudar tributos con mayor facilidad, eficiencia y eficacia, recursos que no están al alcance de la mayoría de ayuntamientos.

Misma morosidad

A la pregunta de si hay más morosidad en tiempos de crisis, Truyols responde: "No tiene por qué darse esta regla. En el período 2008-2009 el número de embargos creció un 5,28% y un 17,33% en cuanto a importe embargado. Son cifras muy similares a las de otros ejercicios".

En cuanto a si la comarca del Llevant pueda resultar algo más compleja por si los municipios con costa son más morosos debido principalmente al motor del turismo, Truyols afirma: "No tiene por qué ser así. El único dato que puedo mencionar es que se ha incrementado el número de solicitudes de aplazamiento o fraccionamiento de pago. No obstante, también debo decir que la mera solicitud no presupone el otorgamiento del pago aplazado o fraccionado sino que el inicio de la tramitación de un procedimiento y que, según se cumplan o no dan los requisitos y condiciones previstos en la normativa aplicable, este procedimiento finalizará con una resolución estimatoria o desestimatoria".

Las recomendaciones de la directora de la ATIB son las siguientes: "Aconsejaría a los ciudadanos que pagaran en período voluntario para no tener que pagar el recargo y los intereses de demora. En caso de que tuviera problemas transitorios de liquidez, el ciudadano tiene derecho a solicitar un aplazamiento o fraccionamiento de pago. Lo importante es cumplir con el pago, tanto si la deuda está en período voluntario como en ejecutivo sin tener que llegar al embargo".

Finalmente, Truyols insiste en "el gran esfuerzo que ha hecho la ATIB en el desarrollo de las nuevas tecnologías para facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias. El portal web de la ATIB (www.atib.es) permite realizar un conjunto de gestiones por vía telemática tanto en materia de tributos autonómicos como de tributos locales".