Tribunales

Seis años de cárcel por violar a una menor en Palma

El acusado tenía 29 años cuando mantuvo relaciones con una adolescente de catorce

El hombre condenado, durante el juicio en la Audiencia Provincial. | DM

El hombre condenado, durante el juicio en la Audiencia Provincial. | DM

Redacción

La Audiencia Provincial ha condenado a seis años de prisión a un hombre por violar a una menor a la que le doblaba la edad en Palma. La adolescente, que tenía 14 años, se fugó de la casa de acogida donde residía y se instaló con el acusado, que tenía entonces 29 años. Durante la convivencia, ambos mantuvieron relaciones sexuales de forma habitual. El tribunal concluye que el procesado era plenamente consciente de la edad de la menor y se aprovechó de ello. Le declara autor de un delito de abuso sexual con penetración y aplica una importante reducción en la condena por el retraso en la tramitación de la causa judicial.

Los hechos ocurrieron a lo largo del año 2018, durante aproximadamente un mes. La adolescente estaba bajo la tutela del Institut Mallorquí d’Afers Socials (IMAS) y vivía entonces en una casa de acogida, de la que se fugó varias veces. El tribunal considera probado que la menor estuvo residiendo varias semanas con el procesado, al que había conocido tiempo atrás porque se lo presentó su prima, en el domicilio que él tenía en Son Gotleu.

Durante ese periodo, el joven «estuvo manteniendo, sin ejercer violencia ni intimidación, un número no determinado de relaciones sexuales completas» con la menor. El acusado sabía tanto que ella tenía 14 años como que estaba fugada de su domicilio.

La sala considera que el relato de la adolescente, que en el juicio confirmó estas relaciones y las calificó «de novios», reúne todos los requisitos como prueba de cargo frente a la versión del acusado, que negó todos los cargos en la vista oral.

La Fiscalía reclamaba para el procesado 12 años de prisión al entender que debía aplicarse un subtipo agravado de especial vulnerabilidad. El ministerio público sostenía que la adolescente padece una discapacidad psíquica del 33 por ciento, lo que implicaba un mayor reproche penal para el acusado. Pero el tribunal argumenta en la sentencia que no ha quedado acreditada esta circunstancia, ya que el fiscal no aportó ningún documento para sustentar esta tesis pese a que los técnicos del IMAS que atendían a la menor señalaron en el juicio que sí tenía reconocida esa discapacidad.

«Peloteando entre juzgados»

La sección primera de la Audiencia Provincial considera además que concurre una circunstancia atenuante muy cualificada de dilaciones indebidas. La sentencia detalla que la causa judicial se inició en 2018 y que «estuvo peloteando de un juzgado de instrucción a otro» durante meses. También señala que durante largos periodos no se llevaron a cabo diligencias, lo que provocó que el procedimiento tardara seis años en ser enjuiciado.

El fallo, además de la pena de prisión, ordena al acusado que indemnice con 2.000 euros a la víctima frente a los 20.000 euros que reclamaba la Fiscalía, pues el tribunal afirma que «no ha quedado acreditado que sufra especiales afectaciones psíquicas» por los abusos sexuales sufridos.