Firó 2023: Sóller estrenará un nuevo reglamento para las armas de fuego
Los portadores de espingardas y trabucos tendrán que superar obligatoriamente un curso
Joan Mora. Sóller
El Firó de Sóller de 2023 contará con un nuevo reglamento para la utilización de armas de fuego con el que se destierra el uso de escopetas y establece que la propiedad de las armas podrá ser tanto pública como privada. El reglamento que hasta ahora estaba en vigor fija que sólo pueden participar armas de fuego que sean municipales.
El reglamento se sometió a exposición pública durante unos días y el martes fue tratado por la comisión informativa de Gobernación para que el viernes fuera aprobado por el pleno de la corporación. El nuevo documento viene a actualizar el que todavía está en vigor. Entre los aspectos que regula el futuro reglamento destaca que los portadores de espingardas y trabucos (armas de fogueo que emulan las de la época) tendrán que superar obligatoriamente un curso impartido por Delegación del Gobierno por el uso de armas de antecarga -que este año ya lo han cursado diecisiete participantes- y cumplir una serie de obligaciones a la hora de participar en la fiesta así como prohibiciones. La normativa fija un régimen sancionador con el que los portadores de armas podrían verse en la tesitura de tener que afrontar responsabilidades civiles, administrativas o penales si incumplen las normas de uso. A modo de ejemplo, se le puede retirar el arma de fuego a un participante en caso de amenaza a la seguridad o por haber consumido un «exceso» de alcohol.
Nuevo reglamento
Uno de los aspectos que regula el nuevo reglamento hace referencia a la propiedad de trabucos y espingardas. El reglamento que va a desaparecer con la entrada en vigor del nuevo establece que estas armas deben ser exclusivamente de propiedad municipal. El futuro, en cambio, abre la posibilidad para que estas armas históricas puedan ser tanto propiedad del ayuntamiento como de particulares.
El incumplimiento de las normas que lleva el reglamento puede acarrear la no participación en la fiesta en un plazo que puede ir de uno a tres años según la gravedad de los hechos que se imputen al portador del arma.
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