Sa Feixina no atenta contra el derecho fundamental al honor
Un juzgado rechaza la demanda presentada por la Asociación de la Memòria Històrica de Mallorca
El mantenimiento del monumento al Crucero Baleares que se levanta en sa Feixina no vulnera el derecho constitucional al honor del colectivo de ex combatientes y víctimas del franquismo, tal como pretendía la Associació per a la Recuperació de la Memòria Històrica de Mallorca.
El juzgado de lo contencioso administrativo número cinco de Palma no ha admitido a trámite el recurso presentado por esta asociación en febrero del año pasado contra el decreto de alcaldía por el que se suprimió el escudo franquista del monolito y la inscripción que exaltaba la rebelión militar contra el gobierno legalmente constituido en 1936, en aplicación de la Ley de la Memoria Histórica.
La asociación alegaba que el mantenimiento del monolito atentaba contra el honor de las víctimas de la Guerra Civil y, en consecuencia, solicitaba que, en aplicación de la citada ley, se procediera a su demolición.
El juzgado no ha entrado en el fondo de la cuestión y considera que el procedimiento contra el decreto puede seguirse por la vía ordinaria. No obstante, alega que la asociación demandante no incluye en sus estatutos "ninguna referencia expresa a que su objetivo social sea la retirada de símbolos o monumentos públicos", ni que tenga como objeto "la defensa del derecho constitucional al honor de las personas".
La presidenta de la asociación demandante, Maria Antònia Oliver, no tenía ayer conocimiento del contenido de la sentencia, aunque manifestó que, al margen de si esta es recurrible o no, el colectivo que representa seguirá luchando para la demolición del monolito de sa Feixina, porque consideran que por sí mismo representa una exaltación del bando rebelde.
Recordó también que el Ayuntamiento, a la hora de decidir sólo la retirada de la inscripción y no su demolición, no tuvo en cuenta un informe elaborado pro la catedrática de Historia del Arte, Catalina Cantarellas, en el que se ponía de manifiesto su nulo valor patrimonial y artístico.
Por su parte, la exalcaldesa Aina Calvo valoró positivamete el pronunciamiento del juzgado y recordó que la decisión se fundamentó jurídicamente, con la voluntad de cumplir con la Ley de la Memoria Histórica y con el argumento de que el monumento recuerda a las víctimas.
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