tribuna

¡Quiero pagar impuesto sucesiones!

Alejandro del Campo Zafra

Alejandro del Campo Zafra

El pasado 25 noviembre 2023 se publicó la Ley 11/2023, de Baleares, que viene a corregir algunos aspectos más que cuestionables de la eliminación y reducción del Impuesto Sucesiones.

Anteriormente, mediante el Decreto ley de 18 julio 2023, se establecieron bonificaciones del 100% en herencias entre familiares directos, y del 25% o 50% para herencias a favor de familiares del Grupo III (hermanos, tíos, sobrinos, etc.). Sin embargo, tales beneficios fiscales estaban condicionados a declarar para los inmuebles heredados su valor de referencia fijado por el Catastro, aunque su valor de mercado sea muy superior, que es lo que está ocurriendo en Baleares con la mayoría de los inmuebles que tienen fijado valor de referencia (viviendas, aparcamientos y determinadas rústicas).

Las demás Comunidades que han eliminado el Impuesto (con bonificaciones del 99% o 100%) no lo han condicionado a escriturar los inmuebles en función del valor de referencia.

Con la Ley 11/2023 se permite, con efectos retroactivos al 18 julio 2023, declarar el valor de referencia incrementado hasta en un 20%, pero creemos que tal ajuste se queda corto y que en la mayoría de las herencias los herederos preferirán declarar valores de mercado para sus inmuebles y seguir pagando el Impuesto Sucesiones (1% hasta 700.000 euros entre familiares directos) para evitar mayores impuestos en el futuro al transmitir los bienes (IRPF del 19 al 28% y Plusvalía Municipal).

Así, por ejemplo, en herencia a favor de un hijo, con 200.000 euros en dinero e inmueble con valor de referencia 300.000 euros y valor mercado 450.000 euros, se plantearán dos posibilidades:

a) Declarar inmueble con valor referencia+20% (360.000 euros) más dinero 200.000 euros y así aplicar nueva bonificación 100%. NO pagar Sucesiones, aunque al vender en el futuro resultará ganancia de 90.000 euros y unos 19.600 a pagar por IRPF (y Plusvalía Municipal)

b) Declarar inmueble con valor mercado (450.000 euros) más dinero 200.000 euros, y SÍ pagar 6.250 de Sucesiones, aunque podrá vender por ese precio sin pagar IRPF ni Plusvalía. El posible ahorro estará en torno a los 14.000 euros.

Para cada herencia habrá que analizar el conjunto de bienes, su valoración total, la intención o no de vender en el futuro, la mayor o menor diferencia entre el valor de mercado de los inmuebles y su valor de referencia, si es a favor de familiares directos o no, etc.

En herencias con valor muy elevado entre familiares directos, y en herencias a favor de familiares del Grupo III, podría resultar conveniente declarar para los inmuebles sus valores de referencia (incrementados o no hasta el 20%) para evitar un elevado Impuesto Sucesiones a pagar, aunque ello suponga asumir ganancias en IRPF.

Sin embargo, en la inmensa mayoría de las herencias, entre familiares directos y con menos de 700.000 euros para cada heredero (casi 90% de las herencias según datos de la propia ATIB), los herederos se informarán sobre los valores de mercado de sus inmuebles y, si superan en más del 20% los valores de referencia, optarán por declarar los valores de mercado y le dirán al Fisco balear: ¡Quiero pagar impuesto sucesiones!