OPINIÓN

Prohibido perseguir la corrupción

Penalva y Subirán, en una foto de archivo

Penalva y Subirán, en una foto de archivo / B. Ramon

Matías Vallés

Matías Vallés

La impecable segunda sentencia del caso Cursach, a cargo del Tribunal Superior, redunda y perfecciona aunque no mejora la emitida en su día por la Audiencia. En resumen: Queda prohibida la persecución de la corrupción en Mallorca.

El funcionario que tras las ejemplares sentencias del caso Cursach pretenda abordar la corrupción mallorquina es un insensato, salvo que sus investigados sean unos desgraciados sin acceso a abogados de nóminas millonarias.

El Tribunal Superior, que solo juzga políticos, honra su tradición de medio siglo sin haber emitido ni un solo veredicto contra la derecha mallorquina.

Con los criterios aplicados en el caso Cursach, numerosos funcionarios que persiguieron antaño la corrupción mallorquina estarían hoy en la cárcel. De hecho, el Supremo los exculpó por apreciar la valía de su trabajo global frente a excesos puntuales.

Dos años de inhabilitación por «omisión de perseguir la revelación de secretos», un delito cometido por el 99,9999 por ciento de los jueces españoles, es una de las mayores condenas contra la libertad de expresión de la triste historia del país en cuestión.

Este artículo contiene errores de bulto, pero ninguno comparable al cometido por acusaciones que pedían diez veces más pena de la obtenida. En cualquier empresa, un ejecutivo que no cumple ni el diez por ciento de los objetivos que él mismo se ha fijado, estaría de patitas en la calle. Aquí no habrá ni un euro de merma en los haberes.

(Este texto se ha escrito tomando solo en cuenta la nota de prensa del Tribunal Superior, todo pronunciamiento sobre Mallorca debe ser valorado en proporción a la importancia que concede a una pobre isla enferma).

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