La oportunidad del ‘caso móviles’

Concentración en Cort en 2018 contra la requisa judicial de los móviles de dos periodistas en el marco de la instrucción del caso Cursach.

Concentración en Cort en 2018 contra la requisa judicial de los móviles de dos periodistas en el marco de la instrucción del caso Cursach. / B. Ramon

Editorial

Editorial

El año arranca con un nuevo frente en el Congreso, muy conectado con Mallorca, con el periodismo y con este diario. Los partidos de la coalición de Gobierno prevén llevar en febrero a votación plenaria la ley que regula el secreto profesional, dando respuesta a una histórica reclamación de los periodistas, que devino en clamor tras el ‘caso móviles’, cuando policías amparados por una orden judicial se personaron en las redacciones de Diario de Mallorca y Europa Press para hacerse con los teléfonos y ordenadores de periodistas que investigaban el ‘caso Cursach’. Pese al amplio consenso profesional y político alcanzado, su tramitación exprés augura severas turbulencias parlamentarias que deberían solventarse. El secreto profesional lleva más de cuarenta años reconocido en la Constitución española, pero sigue pendiente de regulación específica. La jurisprudencia del Tribunal Constitucional y el Tribunal Europeo han ido perfilando esta figura, a la que los periodistas apelan, casi siempre con éxito, cada vez que un juez o fiscal les preguntan por las fuentes informativas en litigios de distinta índole, la mayoría de veces relacionados con corrupción y poder. Sin fuentes protegidas, la opinión pública se ve privada del periodismo más valioso, el que se adentra en las zonas oscuras con el propósito de alumbrar la verdad. En estas tesituras, el estamento judicial normalmente acata el espíritu de la norma suprema y acaba desviando sus indagaciones a otros ámbitos más garantistas y apropiados en una sociedad democrática. No obstante, «siguen apareciendo de manera esporádica episodios que justifican la intervención directa del legislador», dice textualmente la exposición de motivos del proyecto ley, con una clara máxima: «Ningún periodista será perseguido por proteger la identidad de sus fuentes».

La gota que colmó el vaso y precipitó la urgencia para poner fin a este tipo de atropellos fue el decomiso de las herramientas de trabajo de dos periodistas ordenado por el juez Florit en el marco del ‘caso Cursach’, como apuntó la ministra de Justicia, Pilar Llop, al recalcar la desmesura e improcedencia de la medida. El escándalo del conocido como ‘caso móviles’ provocó concentraciones y comunicados de protesta de la profesión y mereció la reprobación del Tribunal Constitucional, que declaró vulnerados los derechos de los periodistas. Superada la indignación, las organizaciones profesionales han trabajado en la elaboración de una ley que regule el secreto profesional para que episodios como el vivido en Palma no vuelvan a repetirse. El texto trasladado al Congreso se ha promovido desde las organizaciones periodísticas —la Federación de Asociaciones de Periodistas de España, la Federación de Sindicatos de Periodistas y las secciones profesionales de UGT y CCOO—, que se han reunido con todas las fuerzas políticas, a excepción de Vox, por vetar el acceso a periodistas y medios. Llegada la hora, el PP se ha opuesto a su tramitación por la fórmula elegida, una enmienda ‘in voce’ presentada por el PSOE en el debate de otro texto legislativo que pretende regular la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción. Los socialistas alegan que no da tiempo a una tramitación ordinaria para llegar a aprobarla antes de que acabe la legislatura y los populares les acusan de «colar por la puerta de atrás» una ley orgánica de calado. Resultado final, un déjà vu de lo ocurrido con la reforma de elección de los magistrados del Constitucional. Las formas, desde luego, son mejorables, pero el fondo no admite excusa, en todo caso exige ampliación, ya que no recoge la recomendación del Consejo de Europa del año 2000 para que se prohibiera interceptar las comunicaciones de los periodistas con el propósito de descubrir sus fuentes.

El texto propuesto contiene siete artículos y fija dos claros límites a la protección del secreto profesional: que la revelación de la fuente sea la única forma de evitar un daño grave e inminente a la vida, la integridad física o la seguridad de las personas, y que la fuente haya falseado conscientemente la información, supuesto en el que cabría responsabilidad del periodista por falta de pericia. En estos supuestos, la autoridad judicial podría emprender acciones ajustadas a Derecho, «si bien queda excluida la requisa de las herramientas de trabajo de los periodistas» y, llegado el caso, se actuaría de la manera menos lesiva para el secreto profesional. Sería imperdonable frustrar esta oportunidad de cumplir con un mandato constitucional de tanto calado, que ha aunado el sentir mayoritario de organizaciones periodísticas y de partidos políticos. Hay mucho en juego. Como recoge la exposición de motivos de la ley, «el objeto de la disposición es no solo el de proteger a las personas físicas o jurídicas que hayan servido de fuente para informaciones periodísticas sino también el de evitar que actuaciones que menoscaben el secreto profesional desincentiven a futuras fuentes de colaborar con los medios de comunicación». Toca pues reconducir la polémica de la tramitación en defensa de un bien mayor que es la salvaguarda del periodismo y de la calidad democrática.