La DGT multa con 600 euros y 6 puntos por adelantar de la forma "tradicional" en carretera
Un gesto que muchos conductores hacían por norma al volante
A la hora de ciruclar por carretera, la seguridad vial es algo fundamental que debes respetar y tener en cuenta. No por ti, ni por la sanción que puedes recibir si incumples la norma, sino por la seguridad y el bienestar de otros conductores, viandantes y aquellos que viajan con nosotros.
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La velocidad sigue siendo la asignatura pendiente de muchos conductores españoles, a pesar del férreo control por parte de la Dirección General de Tráfico. Los radares son la herramienta más utilizada por la DGT de Pere Navarro, que cuenta ya con más de 1.300 dispositivos repartidos por el territorio español. Desde su instalación, los Radio Detection and Ranging (Detección y Rastreo por Radio) o radares han contado con un margen de error, del que se han aprovechado los más atrevidos para jugar con la velocidad máxima a la que circular. La regla del 5 y 7 está extendida entre los más espabilados, pero, tras un ajuste en el control metrológico del Estado, ya no servirán para evitar la multa.
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El margen de error existe por el propio funcionamiento del dispositivo, dado que emite unas ondas electromagnéticas que viajan a la velocidad de la luz a través del aire. La imagen de la infracción se recibe al rebotar estas ondas con los objetos, calculando así la distancia, la dirección y su velocidad. Siempre existe cierta tolerancia y aceptación ante un posible error del radar, de ahí los conocidos márgenes de precisión. Hasta ahora, el límite de los radares de la DGT (fijos y móviles) seguía la regla del 5 y del 7 para hacer la foto y procesar la sanción.
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- Por debajo de los 100 km/h existía un margen de 5 kilómetros para los fijos y 7 kilómetros para los dispositivos instalados en vehículo.
- Por encima de los 100 km/h el margen se relaciona con el 7%, por lo que si estás en una vía de 120 km/h el radar hace la foto si pasas sobre los 128,4 km/h o más.
Nueva Ley de Tráfico
La nueva Ley de Tráfico ha traído muchos cambios, como la de derogar el margen de 20 km/h para poder adelantar en las carreteras convencionales o el aumento de puntos restados ante infracciones relacionadas con el teléfono móvil. Es más, hasta un ambientador en el retrovisor puede acarrear una sanción si el policía lo estima conveniente. Tantos cambios han acabado por afectar, también, al margen de los radares de la DGT.
A la hora de adelantar mal, la persona que conduce se puede enfrentar a una sanción económica y a la pérdida de puntos. Teniendo en cuenta las tablas con las que la Dirección General de Tráfico establece las sanciones por exceso de velocidad, estos pueden ser los castigos.
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Estas son las nuevas velocidades en las que no podrás adelantar
- Si un vehículo adelanta a otro a una velocidad entre 91-120 km/h: 100 euros (sin pérdida de puntos)
- A 121-140 km/h: 300 euros y 2 puntos
- A 141-50 km/h: 400 euros y 4 puntos
- A 151-160 km/h: 500 euros y 6 puntos
- A 161 km/h en adelante: 600 euros y 6 puntos
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