Condenada una empresa de Menorca por vender mascarillas fraudulentas

La Audiencia ordena que reintegre 824.000 euros al cliente por incurrir en un incumplimiento comercial

Imagen de una mascarilla quirúrgica. | ARCHIVO

Imagen de una mascarilla quirúrgica. | ARCHIVO / J. F. Mestre

La Audiencia de Palma, en una reciente resolución, ha condenado a una empresa menorquina, dedicada a la distribución de productos farmacéuticos, al incumplir un encargo de mascarillas durante la pandemia del covid-19.

La firma condenada, en vez de facilitar mascarillas quirúrgicas, entregó a su cliente mascarillas higiénicas, cuya calidad y capacidad de protección ante un virus es muy inferior. Debido a este incumplimiento, que la empresa en ningún momento quiso reconocer y tampoco aceptó el retorno del material, ahora tendrá que abonar a su cliente una indemnización de 824.000 euros, a los que hay que sumar las costas del proceso.

Esta operación comercial se realizó en el punto más alto de la pandemia sanitaria, en el mes de abril del año 2020, cuando la población permanecía encerrada en sus domicilios para evitar la propagación del virus. Era un momento en el que las mascarillas eran muy escasas. De hecho, era casi imposible que en una farmacia se pudiera conseguir tapabocas, porque no había y las pocas que aún quedaban se destinaban a los sanitarios, o a las fuerzas de seguridad, que eran los más expuestos al virus.

Esta empresa de Menorca tenía contacto con un fabricante chino que se dedicaba a la venta de este material sanitario. Después se encargaba de distribuir los productos a otro cliente, que a su vez los repartía a través de diferentes farmacias. En este caso las boticas estaban situadas en Cataluña y no en Balears.

Ambas empresas alcanzaron un acuerdo. La empresa menorquina vendía a la distribuidora catalana 2,4 millones de mascarillas, talla adulto. El precio de cada uno de estos productos de protección era de 0,22 euros. En realidad, el cliente realizó dos pedidos. Uno era mascarillas para adultos y el otro para niños.

En el acuerdo que dejaron por escrito estaba muy claro que lo que se estaba comprando eran mascarillas quirúrgicas, debido a su alto nivel de protección, ya que se trataba de un material que iba destinado a la población y no un sector profesional concreto. Sin embargo, al recibir el envío se descubrió que el material no respondía al encargo. Es decir, les habían enviado mascarillas que no servían. Eran tapabocas higiénicos, que apenas servían para evitar el contagio.

El perjudicado de inmediato reclamó y exigió la devolución del pago por adelantado que realizó. Al no alcanzar un acuerdo con la comercial menorquina, no tuvo más remedio que recurrir a los tribunales, que le han dado la razón, ya que el producto que recibió no era el que había comprado.

En la sentencia se señala que no había ninguna duda de la mascarilla concreta que se había acordado en la negociación, por lo que se produjo un claro incumplimiento comercial.

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