La Justicia deniega la indemnización por la protección de Cala Carbó de Pollença

Los propietarios de seis solares de esta zona de la Serra de Tramuntana reclamaban trece millones al Govern, pero solo cobrarán los gastos de los trabajos realizados

Cala Carbó, un espacio natural que fue protegido por el Govern en el año 2008

Cala Carbó, un espacio natural que fue protegido por el Govern en el año 2008

La Justicia ha frustrado los deseos de unas empresas inmobiliarias de recibir una indemnización millonaria por la prohibición de una futura urbanización en un terreno privilegiado de la localidad de Pollença. Unos terrenos urbanos, sobre los que se había previsto construir una gran urbanización, pero los solares fueron finalmente desclasificados a través de una ley urgente aprobada el año 2008, por el Govern de Progrés, bajo la presidencia de Francesc Antich. Estos seis solares, repartidos en la denominada finca de Cala Carbó, que forma parte de la Serra de Tramuntana, entraron a formar parte de las área de protección en el llamado desarrollo territorial sostenible de Balears. Es decir, a partir de su protección, cualquier proyecto de urbanización quedaba anulado y los terrenos perdían todo su valor económico.

La propiedad de estos seis terrenos de Pollença se reparten entre tres empresas promotoras, que decidieron acudir a los tribunales para reclamar la indemnización económica que consideraban que les correspondía, debido al cambio de calificación urbanística y sus correspondientes perjuicios. Los propietarios demandaron al Govern y le reclamaron, en concepto de indemnización, algo más de trece millones de euros, ya que la posibilidad de recuperar el proyecto de construcción estaba descartado.

Esta demanda ha sido resuelta por el Tribunal Superior de Justicia de Balears, que en varias ocasiones sí ha reconocido el derecho de los propietarios de suelos protegidos, que antes fueron urbanizables, a ser indemnizados por los perjuicios económicos al frustrarse sus proyectos de construcción. Pero en el caso del proyecto de Cala Carbó de Pollença no se ha seguido este criterio, sino todo lo contrario. Los propietarios no tienen derecho a ninguna recompensa económica al perder la posibilidad de desarrollar un proyecto urbanístico. No ocurrió lo mismo con los dueños de otros solares de la misma zona, a los que sí se reconoció su derecho a ser indemnizados.

La sentencia detalla el historial para definir la calificación urbanística de estos seis solares. En una de las decisiones del Ayuntamiento se acordó que los diferentes propietarios de esta zona privilegiada debían transformar el suelo e iniciar el proceso que se conoce como sistema de compensación. Este proyecto de compensación debía quedar completado en el año 1994, es decir, bastante antes de que el Govern del Pacte aprobara estas medidas urbanísticas de protección y prohibiera la urbanización de Pollença. Sin embargo, no se hizo.

Compensación

Y aunque los propietarios no habían concluido el proceso de compensación, en algunos terrenos de esta finca sí se habían iniciado los primeros trabajos de las áreas públicas. En algunas parcelas se había instalado asfalto para poder circular y se habían levado algunas aceras. Se había iniciado la red de agua potable, electricidad e iluminación. También se había empezado a construir la red de pluviales. Todas estas obras fueron abonadas por los propietarios de los solares que encabezaban el proyecto de construir una gran urbanización en Pollença. En este caso, los tribunales sí consideran que existe el derecho a ser recompensados por el Govern para hacer frente a estos gastos para construir estas redes de uso público. Los jueces no hacen una valoración exacta de la compensación que deben cobrar los afectados, pero se dispone de un informe que los calcula en 1,2 millones de euros. Esta sería la cuantía aproximada que tendría que abonar el Govern, que en ningún caso sería por frustrar los proyectos urbanísticos que se habían previsto en esta zona de Pollença.

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