El TSJIB deniega la petición de Gijón de ordenar el ingreso en prisión de Penalva y Subirán, pero les retira el pasaporte

El exjuez Manuel Penalva y el exfiscal Miguel Ángel Subirán. / B. Ramon
El Tribunal Superior de Justicia de Baleares (TSJIB) ha denegado la petición del abogado del exdiputado del PP Álvaro Gijón para que se ordenase el ingreso en prisión preventiva del juez Manuel Penalva y el exfiscal Ángel Subirán, pero les ha retirado el pasaporte y les impone la obligación de comparecer cada 15 días.
La Sala Civil y Penal del TSJIB ha emitido un auto en respuesta a la petición del político, que solicitaba celebrar una vista interesando modificar la situación de libertad provisional de Penalva y Subirán por la prisión preventiva. La petición se produjo después de que Penalva y Subirán fueran condenados a nueve años de cárcel por irregularidades en la instrucción de la macrocausa que englobaba el caso Cursach, el caso ORA y otras piezas.
El TSJIB considera que no concurren razones que justifiquen dicha solicitud, pero "con tal de anular cualquier mínimo riesgo que hipotéticamente pudiera derivarse del mantenimiento de su situación a la espera de que la sentencia gane firmeza" impone a los condenados medidas "menos aflictivas" que la prisión: la obligación de comparecer cada quince días ante el Tribunal y la retirada del pasaporte.
A la Sala le llama la atención que la solicitud de medidas cautelares se produzca ahora que los acusados han sido condenados a nueve años de prisión, cuando ni el fiscal ni el resto de denunciantes apreciaron riesgo de fuga a pesar de que en los escritos de acusación se solicitaban penas de más de un siglo de cárcel.
Además, los magistrados recuerdan que Penalva y Subirán han presentado recursos ante el Tribunal Supremo y entre los motivos de casación aducen una indebida aplicación del elemento de intimidación en los delitos de obstrucción a la justicia, y de estimarse podría dar lugar a una sustancial rebaja de la condena.
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