La Audiencia Nacional ha rechazado la responsabilidad de la cárcel de Palma en el aborto sufrido por una reclusa, embarazada de siete meses, pese a las dudas que suscitó la atención médica que recibió en el centro penitenciario. De hecho, aunque no se les responsabilice de la muerte del feto, los dos médicos que la atendieron fueron expedientados por una presunta mala praxis y, sobre todo, por decidir demasiado tarde trasladar a la reclusa al hospital.

La mujer, que es madre de cuatro hijos y era la primera vez que sufría un aborto, reclamó al Estado una indemnización de 300.000 euros, que ha sido denegada por los tribunales.

Los hechos ocurrieron hace tres años. Cuando la mujer fue detenida ya no se encontraba bien y fue trasladada desde los calabozos al hospital. Allí se comprobó que estaba embarazada de siete meses. Después de declarar se la envió a prisión por el delito que había cometido.

El mismo día del ingreso ya solicitó atención médica porque tenía pérdidas. El médico que la asistió no detectó ninguna anomalía. Al día siguiente se repitió la misma situación, con idéntico diagnóstico. El tercer día la mujer empezó a perder mucha sangre. Fue llevada a la enfermería y la mujer le comunicó al médico que creía que era un aborto. Según la sentencia, el médico le contestó a gritos y le dijo que no protestara porque le habían dado un zumo. El médico descartó el aborto y diagnosticó que la embarazada padecía una infección de orina. La mujer fue llevada de nuevo a su módulo. Al día siguiente la situación fue empeorando. La mujer continuó con la hemorragia. Una funcionaria vio las compresas con sangre y llamó al médico, que decidió que tenía que ser trasladada de urgencia al hospital. La mujer ingresó de madrugada. En Son Espases

Los hechos fueron denunciados en el juzgado, pero fueron archivados ya que, si bien se cuestionó la actuación de dos de los médicos de la cárcel que asistieron a la mujer, se consideró que el abortó no se podría haber evitado. La mujer decidió presentar una demanda contra el Estado, reclamando una indemnización. La propia administración expedientó a los dos médicos y se cuestionó la atención que habían prestado a la reclusa. Sin embargo, los jueces no aprecian ninguna relación de causalidad entre un anormal funcionamiento del servicio médico de la cárcel de Palma con el aborto sufrido por la mujer. No existe ningún tratamiento que evite este tipo de aborto, según concluye el tribunal.