El despido de los trabajadores de la compañía aérea Air Berlin en Mallorca fue ilegal. Así se desprende de una sentencia dictada por una juez del juzgado de lo social de Palma, que si bien se refiere a la demanda presentada por una única trabajadora, esta decisión se podría trasladar al resto de la plantilla, dado que todos los empleados fueron despidos bajo las mismas circunstancias.

La decisión de la magistrada no supondrá la readmisión de la empleada, dado que la compañía aérea alemana ha desaparecido y sus aviones, el principal activo de la compañía, fueron vendidos a otras empresas aéreas. Sin embargo, la sentencia sí tiene consecuencias económicas, pues aumenta la indemnización económica, tanto en concepto de despido, como por los salarios de tramitación, que reclamaba la empleada. En este caso, la empleada, con cinco años de antigüedad en la empresa percibirá 27.000 euros. La trabajadora ha encontrado empleo en otra empresa, según se explica en la sentencia. Esta decisión del juzgado de Palma coincide con una resolución de la Audiencia Nacional, que afectaba a casi todos los empleados en España de Air Berlin, que también declaró nulo dicho despido. La quiebra económica de Air Berlin se comunicó en el año 2017 y afectaba a 43 trabajadores en Mallorca, según señala la sentencia. La empresa que en los tres últimos ejercicios había acumulado unas pérdidas de más de mil millones de euros, lo que hacía inviable la continuidad de la actividad aérea.

Air Berlin alcanzó una especie de acuerdo económico con los empleados, aunque muchos se negaron a aceptarlo. Les ofreció una indemnización de 32 días de salario por año de servicio, pero con un tope máximo de quince meses.

Debido a que la decisión afectaba a la totalidad de la empresa, Air Berlin presentó la demanda de quiebra en un juzgado alemán, que tramitó la desaparición de la compañía.

Declaración de concurso

Varias son las razones por las que el juzgado declara ilegal el despido. Una de ellas es que Air Berlin no promovió una declaración de concurso en España, de tal forma que habría podido obtener una autorización judicial para finalizar la relación laboral con la plantilla de trabajadores.

La otra razón es que la empresa aérea no facilitó en ningún momento a la representación de los trabajadores, durante el periodo de consultas, la documentación y la información que les estaban reclamando.