El Tribunal Supremo ha confirmado la condena por falsedad documental a tres funcionarios por la contratación irregular de una traductora para el Govern en julio de 1998, en el marco del llamado caso Mapau.

El alto tribunal ha declarado que no hay lugar al recurso de casación interpuesto por los tres funcionarios contra la sentencia dictada por la sección segunda de la Audiencia de Palma el pasado enero, en la que fueron condenados a penas de 24, 22 y 20 meses de prisión y a pagar tres multas de 1.800 euros. El Tribunal Supremo ha condenado además a los recurrentes al pago de las costas ocasionadas por el recurso.

Los tres condenados trabajaban como funcionarios en la Conselleria de Agricultura, Comercio e Industria del Govern balear y avalaron la contratación de la traductora Maria de la Pau Segura (que dio nombre al caso Mapau) al margen de los procedimientos exigidos. El Tribunal Supremo rechaza la alegación de los funcionarios de que la sentencia infrinja el derecho a la presunción de inocencia y el derecho a la tutela judicial efectiva por haberse alcanzado la condena "en el más absoluto desértico vacío probatorio y sobre una motivación arbitraria, irrazonable e incursa en patente error".

Según el Supremo, la prueba con que contó la Audiencia es "suficiente" para considerar acreditado que los acusados firmaron un documento el 29 de mayo de 1998 que "no se ajustaba a la realidad", en el se aseguraba que se realizó una prueba a la candidata a traductora y que fue considerada apta, siendo "totalmente falso". El tribunal recuerda que la prueba no se hizo y que quedó constatado que la candidata "se encontraba en Argentina en esas fechas".