El secreto profesional no ampara cuando se planifica el lavado
Carlos de la Mata, de Bufete Buades, intervino como moderador en la ponencia sobre la prevención del blanqueo de capitales. De la Mata planteó el dilema entre el secreto profesional que vincula a los abogados, y les impide revelar datos de sus clientes, y la obligación de comunicar a las autoridades las operaciones sospechosas. Ernesto García Sobrino, inspector adjunto al equipo de investigación de la ONIF, fue muy claro respecto a esta duda: el secreto profesional ampara todas las actuaciones incluidas en la defensa jurídica de un cliente, pero es inaplicable cuando se trata de cooperación necesaria para el lavado de fondos.
La responsabilidad de los asesores legales nace, según esta tesis, cuando planifican de forma premeditada junto a sus clientes los mecanismos para lavar el dinero y ocultar su origen a las autoridades. Los dos expertos insistieron en el deber de abogados, bancos y otros operadores de conocer lo mejor posible a sus clientes.
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