Ciberdelitos en redes sociales

Marc Truyol

Marc Truyol

 Una de las mayores revoluciones de principios del siglo XXI ha sido, sin lugar a dudas, la creación y generalización del uso de las redes sociales.

Los Facebook, Instagram Twitter, Tiktok y WhatsApp se han convertido en una herramienta esencial en la comunicación personal, profesional y comercial. Con el aumento de popularidad unido a su uso a través también de los sistemas de telefonía móvil, ha provocado que el catálogo de comportamientos criminales que viene derivado del uso de las redes sociales, haya aumentado tanto cuantitativamente, en número y tipos de delito, como cualitativo, según el daño que pueda generado.

Como cualquier otro medio de difusión de contenidos, las redes sociales están sirviendo desde hace tiempo para la comisión de numerosos ciberdelitos relacionados con la vulneración de la intimidad personal, y no solo como parte del cibercrimen económico como medio para la consecución del futuro fraude, sino con el mero fin de desvelar secretos personales y dañar la intimidad de la víctima, entre ellas podemos destacar:

  • El sexting. La práctica de enviar mensajes, imágenes o videos de contenido sexual a través de dispositivos electrónicos ha aumentado en popularidad en los últimos años. No es un problema de seguridad en sí mismo, sino una práctica de riesgo, sobre todo cuando implica menores de edad.

Los riesgos de esta práctica comienzan con la divulgación de las imágenes o vídeos entre personas que no eran sus destinatarios. Al tratarse de contenidos íntimos, su difusión supone una pérdida de privacidad, por lo que se produce un agravio en la reputación de la víctima, deteriorando su imagen pública. El sentimiento de humillación y traición que ello implica puede provocar falta de confianza en futuras relaciones, además de problemas psicológicos como ansiedad, depresión, etc.

Si bien esta práctica puede ser consensuada entre adultos, cuando involucra a menores, la legislación española es clara: la producción, distribución o posesión de material sexualmente explícito de un menor se considera un delito grave.

  • El Cyberstalking o el acoso online. El anonimato y la ocultación de la identidad a través de un perfil falso ha permitido que el acoso haya traspasado y proliferado en el mundo digital, y tenga relevancia entre los adolescentes, especialmente en el ámbito escolar. En estos casos el ciber espacio está siendo utilizado como forma de reforzar el acoso de un grupo de menores contra otro que ya tiene lugar en el ámbito del colegio.

El autor del cyberstalking aprovecha las facilidades para la comunicación que ofrece Internet para sumar al típico acoso telefónico, el envío masivo de correos electrónicos, la solicitud de ser agregado a las redes sociales en las que está la víctima, bien directamente por parte de ella o bien por parte de los amigos de esta, la creación de blogs y webs en los que se narra la relación con la persona acosada, entre otras posibles conductas.

  • Injurias y Calumnias online. Cada vez son más las redes sociales disponibles que amplían el abanico de posibilidades ofreciendo una gran variedad de para comunicarnos con otras personas y hacer llegar nuestras opiniones y mensajes a los demás. Sin embargo, el mal uso de estas herramientas también nos puede llevar a cometer diferentes delitos.

Cuando hablamos de injurias nos referimos a aquellas acciones que atentan contra la dignidad de otra persona. En este caso lo más común son los comentarios que se expresan sobre otra persona con la intención de desprestigiarla. La calumnia tiene características similares a las de la injuria, ya que también se busca un desprestigio de otra persona, pero en este caso se trata concretamente de la acusación de un delito sabiendo que la información que estamos publicando sobre la otra persona es falsa.

Ya que el derecho al honorar está contemplado en la Constitución, tanto la injuria como la calumnia están castigadas por el Código Penal, llevando aparejadas tanto penas de multa como penas de prisión.

Los ciberdelitos tienen un impacto especialmente perjudicial en los menores de edad, lo que hace que la prevención sea crucial. Padres, tutores y educadores deben estar al tanto de los riesgos y educar a los jóvenes sobre las consecuencias de sus acciones online.

La prevención y la sensibilización son clave en la protección de los menores. La legislación española, que incluye la Ley Orgánica de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (LOPDGDD) y la Ley Orgánica de Protección Integral de la Infancia y la Adolescencia frente a la Violencia (LO 1/1996), proporciona un marco sólido para abordar los ciberdelitos. La colaboración con un abogado especializado en ciberdelitos es fundamental para entender cómo la ley se aplica en casos específicos y para proteger los derechos de las víctimas. 

En AB Legal, estamos comprometidos a brindar asesoramiento legal a las víctimas de ciberdelitos y a garantizar que sus derechos sean protegidos en el mundo digital. La educación, la prevención y la asesoría legal son elementos esenciales para mantener un entorno en línea seguro y respetuoso. En resumen, los ciberdelitos en redes sociales son un desafío en la era digital. La legislación española ofrece las herramientas necesarias para abordar estos delitos y proteger a las víctimas. La asesoría de un abogado especializado en ciberdelitos es crucial para garantizar que se haga justicia en cada caso y que los derechos sean protegidos en el mundo digital.