Este es el día que se cobrará el Ingreso Mínimo Vital
En el mes de diciembre, la administración pública gestora observa que beneficiarios pueden tenerla durante el año que viene
La fecha de cobro depende de cada entidad bancaria
El inicio del año nuevo, el 1 de enero, se avecina, y con él, surgen preguntas sobre el Ingreso Mínimo Vital para enero de 2024. Ante la incertidumbre, la Seguridad Social ha respondido a las numerosas consultas, ya que más de 710.000 familias con bajos recursos económicos son beneficiarias de esta prestación no contributiva.
Según la normativa de la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) establecida en el Real Decreto-Ley 20/2020, el abono del Ingreso Mínimo Vital debe realizarse en el primer día hábil posterior al mes correspondiente, aunque la fecha puede adelantarse según la entidad bancaria.
Enero siempre genera incertidumbre sobre si se continuará recibiendo el IMV. En diciembre, la administración pública cruza datos con Hacienda para verificar que los beneficiarios sigan teniendo ingresos inferiores al límite establecido. Puede haber cambios en la estructura familiar, alterando la cuantía correspondiente, o mantenerse igual.
Por norma, la TGSS libera la partida presupuestaria para pagar el Ingreso Mínimo Vital a partir del primer día hábil del mes siguiente, ya que se cobra a mes vencido. Así, la Seguridad Social realizará el pago el próximo martes, 2 de enero de 2024, correspondiente a diciembre.
En ocasiones, las entidades bancarias colaboradoras se adelantan y realizan el ingreso el último día hábil del mes. En este caso, algunos beneficiarios podrían recibir el dinero el viernes 29 de diciembre de 2023.
Estos son los bancos que adelantan sus fechas de envío del IMV
Algunos bancos que suelen adelantarse a la fecha oficial para ingresar el IMV incluyen a CaixaBank, Banco Santander, BBVA, Unicaja, Caja Rural, Banco Sabadell, Deutsche Bank, Abanca, Bankinter, ING, Liberbank, y Cajasur.
Nuevos Beneficiarios
Los nuevos beneficiarios aprobados para el cobro en diciembre no recibirán el dinero hasta el próximo mes. Esto implica que no recibirán la cuantía correspondiente a diciembre y enero hasta principios del mes de febrero.
¿Qué es el Ingreso Mínimo Vital?
El IMV es una prestación dirigida a prevenir el riesgo de pobreza y exclusión social de las personas que carecen de recursos económicos básicos para cubrir sus necesidades básicas. Esta forma parte de la acción protectora de la Seguridad Social y garantiza un nivel mínimo de renta a quienes se encuentren en una situación vulnerable económicamente, según informa la página web de la SS.
¿Quién puede pedirlo?
- Personas de mínimo 23 años que no formen parte de una unidad de convivencia aunque compartan piso con otras personas.
- Las personas de entre 23 y 29 años deberán haber tenido residencia legal y efectiva en España y haber vivido de forma independiente durante al menos los dos años anteriores a la solicitud, a no ser que hayan abandonado el domicilio habitual por ser víctima de violencia de género, hayan puesto en marcha trámites de separación, divorcio u otras circunstancias.
- Se entiende que la persona vive independizado porque acredita que su domicilio es distinto al de sus progenitores, tutores o acogedores durante los dos años. Durante ese periodo debe haber estado dado de alta en la Seguridad Social, Clases Pasivas del Estado o una mutualidad alternativa al Régimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos, durante doce meses (seguidos o no).
- Las mujeres mayores de edad que sean víctimas de violencia de género y víctimas de trata de seres humanos y explotación sexual.
- Personas de entre 18 y 22 años que provengan de centros residenciales de protección de menores de las diferentes Comunidades Autónomas, bajo la tutela de Entidades Públicas de protección de menores durante los tres años anteriores a la mayoría de edad, o que son huérfanos absolutos. Siempre y cuando vivan solos sin integrarse en una unidad de convivencia.
- Personas sin hogar.
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