La Comisión Europea ha presentado este miércoles su propuesta para trasladar a la legislación europea el acuerdo alcanzado en octubre en el seno la OCDE, por 137 países, para imponer un tipo efectivo del 15% en el impuesto de sociedades. “La directiva que presentamos garantizará que el nuevo tipo impositivo mínimo efectivo del 15% para las grandes empresas se aplique de forma totalmente compatible con la legislación de la UE”, ha explicado el comisario de asuntos económicos, Paolo Gentiloni, sobre una propuesta a la que seguirá una segunda iniciativa en verano de 2022 sobre la aplicación del segundo pilar del acuerdo internacional, la reasignación de derechos fiscales de forma que las empresas paguen impuestos donde operan.

Según la propuesta, la directiva se aplicará a todos los grandes grupos empresariales con un volumen de negocios anual superior a 750 millones de euros, tanto nacionales como internacionales, que tengan su matriz o una filial en la UE. Si el país en el que tiene su sede una empresa de baja tributación no impone el tipo mínimo efectivo, la normativa incluye disposiciones para que el Estado miembro de la empresa matriz aplique un impuesto “complementario”. Además, la propuesta también garantiza la imposición efectiva en situaciones en las que la empresa matriz esté situada fuera de la UE en un país de baja imposición que no aplica normas equivalentes.

En consonancia con el acuerdo global, la propuesta también prevé algunas excepciones. Para reducir el impacto en los grupos que realizan actividades económicas reales, las empresas podrán excluir una cantidad de ingresos equivalente al 5% del valor de los activos tangibles y al 5% de la masa salarial. Las normas también prevén la exclusión de cantidades mínimas de beneficios, para reducir la carga de cumplimiento en situaciones de bajo riesgo. 

“Esto significa que cuando el beneficio y los ingresos medios de un grupo multinacional en una jurisdicción estén por debajo de ciertos umbrales mínimos, esos ingresos no se tendrán en cuenta en el cálculo del impuesto”, sostiene la Comisión que no espera problemas entre los Estados miembros y confía en cerrar un acuerdo político durante el primer semestre de 2022, bajo presidencia francesa de la UE. Como en todas las cuestiones de fiscalidad, los Veintisiete tendrán que cerrar un acuerdo por unanimidad tras la opinión del Parlamento Europeo.

Empresas pantalla

El nuevo paquete fiscal se completa con una segunda iniciativa legislativa para impedir que empresas o personas utilicen sociedades pantalla con fines fiscales indebidos. Aunque los Estados miembros disponen de instrumentos para luchar contra la evasión fiscal, las herramientas disponibles hoy en día no son adecuadas, según Bruselas, porque o están fragmentadas o no están dirigidas a neutralizar las entidades ficticias. Es más, según explican fuentes del Ejecutivo comunitario, la normativa europea permite actualmente establecer empresas fantasma en la UE para obtener una optimización fiscal como la gestión de los royalties. 

Algunas empresas, por ejemplo, dirigen los flujos financieros a entidades ficticias en jurisdicciones que no tienen impuestos o los tienen muy bajos, o en las que los impuestos pueden eludirse fácilmente. En la misma línea, algunos particulares pueden utilizar entidades ficticias para proteger sus activos y bienes inmuebles de los impuestos, ya sea en su país de residencia o en el país en el que se encuentra la propiedad.

Esta situación hace que las arcas europeas dejen de percibir anualmente más de 20.000 millones de euros. Para ponerle coto y evitar que las llamadas “empresas buzón”, aquellas que tienen buzones pero ni oficinas ni empleados, abusen del sistema, la Comisión propone aplicar a partir del 1 de enero de 2024 un test de sustancia económica con tres preguntas para determinar si una empresa es sospechosa de ser una sociedad ficticia o no.