Los dos arquitectos responsables de la reforma del hotel Son Moll de Cala Rajada irán a la cárcel si la sentencia del juzgado número 3 de lo Penal de Palma que les condena a dos años y tres meses de prisión adquiere carácter de firmeza. En este casp no podrían evitar su ingreso en el centro penitenciario.

Los otros tres acusados en el proceso –los dos constructores y el jefe de obra– también han sido condenados a una pena de cárcel de dos años, de forma que, al no tener antecedentes penales, no deberán entrar en la cárcel.

Los hechos se remontan al 16 de diciembre de 2008, día que se derrumbó el ala izquierda del hotel Son Moll, que estaba en reformas. El siniestro provocó cuatro muertos y otros cuatro heridos.

Arturo Antonio V. V. ejercía las funciones de arquitecto proyectista y director de obra, mientras que José Luis P. R. era el arquitecto director de ejecución y coordinador de seguridad y salud. El magistrado Jaime Tártalo considera que ambos tuvieron "un grado de negligencia mayor que el de los otros acusados, ya que eran los máximos responsables de la obra". Por ello les condena a penas mayores.

En el caso del director de obra, afirma el juez que su actuación en la reforma de Son Moll denotó "una desatención grave y flagrante", que "resultan impropias de una persona que se compromete a acometer un proyecto de reforma valorado en casi 7 millones de euros, y por cuyo trabajo había percibido casi 400.000 euros".

También añade que Arturo Antonio V. V. "abordó el proyecto y la dirección de obra desde el desconocimiento del sistema estructural del edificio". Apunta asimismo que los cálculos de pesos del edificio "de haberse efectuado, los tuvo que hacer el arquitecto proyectista", y no otro experto, tal y como manifestaron los acusados.

En cuanto al coordinador de seguridad y salud, asegura el juez que "no veló porque los trabajadores (...) no vieran comprometida su integridad o su vida" y califica el desarrollo de la reforma de "imprevisión constructiva".

En la sentencia, el juez lista hasta once causas para justificar la "imprudencia grave" que cometieron los acusados, como no comprobar el estado de la estructura del hotel, desconocer qué muro era el de carga u ordenar la apertura de huecos sin tener claro el proyecto.

Además, resalta en más de una ocasión la falta de apeos o apuntalamientos. Respecto de la lluvia que cayó aquellos días en Capdepera, el magistrado Tártalo escribe que "pese a que todos los acusados eran conocedores de las circunstancias en que se encontraba la obra (...), no ordenaron medida alguna para proteger los muros".

Por todo ello, condena a los cinco acusados a penas de cárcel que van de los dos años a los dos años y tres meses por cuatro delitos de homicidio imprudente, cuatro de lesiones imprudentes y uno contra la seguridad de los trabajadores. El fiscal de siniestralidad laboral, Miguel Ángel Anadón, solicitó tres años y medio de privación de libertad para todos los procesados, pero el juez ha estimado rebajar la condena.

La sentencia reconoce dos atenuantes. El primero es la reparación del daño, ya que los cinco acusados han indemnizado ya a algunas de las víctimas y sus familiares y entregaron en el juzgado las cuantías que se les solicitaron. El segundo atenuante es el de colaboración con la Justicia, ya que numerosos testigos y peritos aseguraron que aportaron documentos de la obra de forma diligente.

La sentencia no es firme y se puede recurrir ante la Audiencia Provincial en el plazo de diez días. Las defensas de los dos arquitectos, que habrían de ingresar en prisión si se confirma el fallo, barajan pedir un indulto para que sus clientes no tengan que entrar en ningún caso en el penal.