El Tribunal Supremo ha sentenciado que la compañía Endesa tiene que devolver a la sociedad Josel, de la promotora Núñez y Navarro, los 103 millones de euros que le pagó por el solar de la antigua sede de la empresa eléctrica, antigua Gesa, ubicada en la fachada marítima de Palma.

El alto tribunal ha resuelto a favor del grupo constructor el recurso de casación planteado contra una sentencia de la Audiencia Provincial de febrero del año pasado que estableció que la compañía eléctrica había cumplido con las obligaciones del contrato de compraventa de los terrenos donde se ubica el edificio después protegido por su valor patrimonial.

El Supremo revoca esa decisión y repone la orden de devolución de los 85 millones de euros dictada por un juzgado de primera instancia en mayo de 2011, al entender que Endesa incumplió su compromiso de entregar los terrenos con el edificio demolido.

Contra la sentencia dada a conocer hoy, que se dictó el pasado día 13 de junio, no cabe recurso ordinario.

Además de los 85,2 millones de euros de la compraventa, la sentencia ordena el abono de unos 17 millones en concepto de intereses generados desde que se formalizó la venta en enero de 2005, así como de 1,1 millones por las tasas de la operación de compraventa y los impuestos abonados por la promotora desde que se hizo con la propiedad, que volverá ahora a manos de Endesa.

El alto tribunal entiende que, al margen de que la compañía eléctrica alegue que no pudo cumplir con su compromiso de demoler el edificio antes de diciembre de 2008 porque fue declarado Bien de Interés Cultural por el Consell de Mallorca en abril de 2007, la permanencia del inmueble imposibilitaba el desarrollo urbanístico proyectado en el terreno de 27.000 metros cuadrados.

Además, recuerda el Supremo que el contrato se suscribió en 2005, por lo que Endesa tuvo ocasión de derribar el edificio una vez cambió su sede a un nuevo emplazamiento.

Resaltan los magistrados de la Sala de lo Civil que han dictado la sentencia que es cierto que la demolición no era condición esencial de resolución del contrato, como alega la compañía energética, pero sí era una premisa contemplada cuyo incumplimiento frustra las "legítimas expectativas" del comprador del solar.

El edificio de Gesa, en la actualidad propiedad del Ayuntamiento de Palma, ha sido definitivamente protegido por el Tribunal Superior de Justicia de Baleares en una sentencia dictada el pasado 16 de abril.