El Govern balear tendrá que hacer frente a un nuevo y cuantioso sobrecoste de 22,2 millones de euros en la construcción de la autovía de Sant Antoni a causa de los retrasos provocados por los disturbios para impedir la obra y distintas modificaciones introducidas del proyecto. La indemnización supondrá un auténtico quebradero para las arcas autonómicas, en el actual contexto de contención del gasto.

En una sentencia fechada el pasado martes, el Tribunal Supremo desestima el recurso de casación presentado por el Govern del Pacto en funciones contra el fallo del Tribunal Superior de Justicia de Balears (TSJB), que reconoció en febrero de 2011 el derecho de la constructora a percibir esa cantidad. Los jueces fallaron que había que restablecer el equilibrio económico de la concesión, adjudicada por 25 años y presupuestada inicialmente por 93,2 millones.

Reclamación rechazada

La constructora Ibisan Sociedad Concesionaria, integrada por FCC y Enrique Ortiz e Hijos -éste último ha confesado ante la Audiencia Nacional haber financiado ilegalmente al PP valenciano-, acudió a los tribunales después de que la conselleria balear de Obras Públicas rechazara su reclamación. El Govern alegó que los sobrecostes que exigía ya estaban incluidos en el primer modificado del proyecto (que ya supuso un pago extraordinario al contratista de 7,7 millones), o bien deben considerarse fruto "del riesgo y ventura del concesionario" o se debían a "decisiones empresariales cuyas consecuencias únicamente son imputables a la empresa".

Ante el TSJB y el Supremo, Ibisan alegó que los mayores costes de la obra fueron consecuencia de "diversas circunstancias extraordinarias" ajenas a su gestión; en concreto, las "muchas dificultades para lograr la plena y efectiva ocupación de los terrenos", los "graves incidentes de orden público provocados por grupos contrarios al desdoblamiento" y las "modificaciones en las condiciones de construcción y explotación" ordenadas por el Govern.

En la sentencia del TSJB, ahora plenamente confirmada por el Supremo, la Sala de lo contencioso-administrativo indicó que el principio de riesgo y ventura al que está sometido la constructora tiene unos límites derivados de la necesidad de mantener el equilibrio económico-financiero de la concesión, y uno esos límites es la aparición de un "riesgo anormal o desmesurado no causado por el contratista".

A juicio del tribunal, las circunstancias acreditadas en el procedimiento revelan la existencia de una causa de fuerza mayor que determinó la ruptura del equilibrio de la concesión, ya que "con ocasión de la construcción de esa autovía se provocaron tan serios altercados de orden público que la normal ejecución de la obra se vio seriamente afectada".

La sentencia concluye que "los enfrentamientos y disturbios (€) afectaron con tal intensidad" el desarrollo de los trabajos "que ello justifica la petición planteada" por la constructora, que exigía por este concepto 9,4 millones. Además reclamaba también 4,1millones por "puestas en servicio anticipadas de tramos de obra", 7,5 millones por la paralización de los trabajos durante el verano de 2007 y 1,7 millones por otros conceptos; en total, 22,9 millones, de los cuales el TSJB consideró justificados 22,2 millones.

El Govern alegó indefensión

En su recurso de casación ante el Supremo, el Govern pidió la anulación de esa sentencia alegando que no se había acreditado la existencia de fuerza mayor que justificara los sobrecostes, que en el procedimiento ante el Tribunal Superior se había producido indefensión -por la denegación de una prueba testifical- y se habían vulnerado las reglas legales de valoración de la prueba.